La empresa se encuentra instalada en la estancia Dos Marías, en la colonia Luz Bella, jurisdicción de Guayaibí, departamento de San Pero.
El comisario Abilio Lezcano, jefe de la policía departamental, negó en forma categórica estar involucrado en actos irregulares. "Tenemos toda la documentación que demuestra que nuestra intervención se ajustó a derecho, respetando el cumplimiento de las órdenes judiciales. No hicimos nada que pueda ser catalogado de irregular", señaló.
La denuncia que afecta a la Policía Nacional en San Pedro guarda relación con un embargo de granos promovido por la firma Agrícola Colonia contra Acgua Inversiones SA.
El juzgado de 1ra. instancia en lo civil de Santa Rita, a cargo del juez Julio Avalos, ordenó el embargo hasta cubrir el total de la deuda de Acgua Inversiones SA que ronda los dos millones de dólares. Agrícola Colonial SA financió el cultivo de maíz, pero en los últimos dos años no recibió pago alguno.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Con posterioridad a la orden del juez Julio Avalos, el juzgado de 1ra. instancia de Asunción a cargo del juez Miguel Ángel Ruíz Díaz otorgó un mandamiento de secuestro de granos en favor de Acgua Inversiones SA.
Agrícola Colonial ingresó con un oficial de justicia a embargar la cosecha de maíz, en cumplimiento de la orden judicial de Santa Rita. La Policía de San Pedro resguardó el operativo.
Con posterioridad, ingresó Acgua Inversiones SA con la orden del juez Miguel Ángel Ruíz Díaz que ordenó el secuestro de granos. La Policía de San Pedro ya no permitió la continuidad del embargo promovido por Agrícola Colonial e impidió el ingreso del oficial de justicia de Agrícola Colonia, cumpliendo una actuación completamente irregular.
En su descargo, el comisario Abilio Lezcano, exhibe un dictamen de la asesoría judicial de la comandancia de la Policía Nacional donde consta lo siguiente: "Los embargos y otras medidas cautelares deben ser cumplidas según el orden en el cuál son notificadas o recepcionadas por las instituciones que deben efectivizar su cumplimiento".
El informe de la asesoría jurídica de la comandancia policial se ajusta a derecho pero no es el comisario Abilio Lezcano quién debe determinar en qué momento se suspende el cumplimiento de la primera orden para dar paso a la segunda orden.
Esta atribución corresponde exclusivamente al juzgado que interviene en el proceso. Ni siquiera el Ministerio Público tiene esta potestad; es prerrogativa exclusiva del juez.
Debido a esta intervención, el comisario Abilio Lezcano y el asesor jurídico de la jefatura departamental, Abog. Alberto Rodríguez Ruíz, fueron denunciados ante la fiscalía de San Estanislao; se solicitó la imputación de ambos funcionarios por desacato a orden judicial.
La denuncia afecta igualmente a los ciudadanos Pericle Merlo Modesto y Everton da Rocha quienes solicitaron el crédito a Agrícola Colonial para cultivar maíz.
En su descargo, el comisario Abilio Lezcano alega que primero se cumplió una orden y luego la siguiente. Sólo un juez puede determinar cuándo termina un mandato y qué momento se inicia el otro. Esta no es atribución de la Policía Nacional.
El desmentido de la Policía de San Pedro no hace otra cosa sino confirmar las denuncias de irregularidades. El comisario Abilio Lezcano se extralimitó en sus funciones, en favor de una de las partes, en este caso la firma Acgua Inversiones SA.