Condena por incumplir deber alimentario

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Eduardo Ramón González irá a la cárcel por un periodo de dos años debido a que no pagó una prestación alimentaria a favor de su hija. En adelante cuenta con tres meses para abonar lo adeudado en los últimos años.

Un Tribunal de Sentencia condenó a 2 años de cárcel con suspensión a prueba de la pena a un hombre que fue denunciado por su expareja por incumplimiento del deber legal alimentario, informó el Ministerio Público.

En los antecedentes del condenado Eduardo Ramón González ya figura una suspensión condicional del procedimiento por desacato judicial. La jueza Cristina Aquino había denunciado a González y a su esposa, la abogada Letizia Laneri en este caso.

La jueza Carolina Duarte, como presidenta del Tribunal que actuó en este caso, Pedro Nazzer y Cinthia Lovera, como miembros, resolvieron condenar a González luego de escuchar las fundamentaciones formuladas por la agente fiscal de Lambaré, Gladys González.

Según los antecedentes, el Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia del Departamento Central había dispuesto el 29 de diciembre de 2011 el aumento de la asistencia alimentaria al fijar la suma de G. 502.993 a favor de su hija menor, que el acusado debía abonar por mensualidades adelantadas. El ahora condenado incumplió con la resolución y pagó de manera irregular y con retrasos, el monto fijado como asistencia alimentaria para su hija.

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