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Moria Casán tenía cocaína en su poder

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Funcionarios penitenciarios hallaron droga en poder de la interna Moria Casán, informó el Ministerio de Justicia. Se dio aviso a agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad).

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El Ministerio de Justicia informó a través de su departamento de prensa que la vedette Moria Casán tenía droga en su poder. El personal penitenciario incautó 1,6 gramos de cocaína dentro de su billetera. Agentes de la Senad se encuentran en el penal para el procedimiento.

La directora del penal de mujeres en Asunción, Ana Dina Coronel, no se explica cómo Casán pasó libremente todos los controles en el aeropuerto, además de que después estuvo en la Fiscalía y en la comisaría de mujeres.

Coronel, en conversación con Radio Cardinal AM, manifestó que por la cantidad de la droga hallada en su billetera, ésta sería para consumo personal.

Moria Casán fue arrestada ayer a su llegada al aeropuerto internacional Silvio Pettirossi de Luque imputada junto con su mánager y productor Luciano Garbellano y su asistente personal Aldo Alexis “Galo” Sotto, por la desaparición de costosas joyas de al menos US$ 80.000, que el argentino Juan Armando Benítez Gill reclama tras el préstamo de la artista en un show que ofreció el viernes 27 de julio del 2012.

Capítulo IV - De la tenencia, consumo y medidas

Artículo 27 - El que tuviere en su poder, sin autorización, sustancias estupefacientes, drogas peligrosas o productos que las contengan, será castigado con cinco a quince años de penitenciaría, comiso de la mercadería y multa del cuádruplo de su valor.

Artículo 30 - El que tuviere en su poder sustancias a las que refiere esta ley, que le hubiere recetado o aquel que las tuviere para su exclusivo uso personal, estará exento de pena. Pero si la cantidad fuere mayor que la recetada o que la necesaria para su uso personal, se le castigará con penitenciaría de dos a cuatro años y comiso.

Se considerará de exclusivo uso personal del farmacodependiente, la tenencia en su poder de sustancia suficiente para uso diario, cantidad a ser determinada en cada caso por el médico forense y un médico especializado designado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y otro por el afectado si lo solicitare, a su costa. En el caso de la marihuana no sobrepasará diez gramos y dos gramos en el de la cocaína, heroína y otros opiáceos.

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