Primeramente se crea un registro de las encuestadoras, y además el proyecto aprobado en el Senado establece multas entre 5.000 a 10.000 jornales mínimos en tres casos. Uno en el caso de que la encuestadora no esté registrada, o bien que no presente las documentaciones básicas sobre las encuestas realizadas.
En el tercer caso, además de la multa anteriormente mencionada, prevé penas de hasta seis meses de cárcel por la difusión de una encuesta o sondeo sobre “intención de voto fraudulento”.
Obliga además a la entrega antes de la publicación al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de todos los datos referentes al trabajo, incluido quién pagó la elaboración del trabajo. Además a los medios de prensa están obligados a publicar la ficha y datos técnicos de la encuestas, así como las preguntas realizadas a los encuestados.
El TSJE será el encargado, luego de las elecciones, de realizar un ranking de encuestadoras de acuerdo a la proximidad de los resultados con los cómputos oficiales de las elecciones.
Agregan además a la prohibición ya vigente de divulgar resultados de bocas de urnas hasta una hora después del cierre de las mesas de votación, pero agregan que incluso está prohibida la insinuación de los candidatos a los que refieren los datos.
El proyecto de ley también busca regular las encuestas realizadas por redes sociales por personas particulares o grupos. En todos los casos que las encuestas sean por este procedimiento se debe agregar la frase: "Los resultados de esta encuesta son referenciales y no tienen sustento científico".
El proyecto tendría ciertos roces con la Constitución Nacional, en lo que respecta a la libertad de expresión y de prensa.
El proyecto pasa a ahora a la Cámara de Diputados para su estudio.
