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La ley 5061 establece una tasa del 10% y extendiendo la aplicación del IVA a productos agropecuarios en estado natural, con una tasa inicial del 5%, pero pudiendo el Ejecutivo incrementarla hasta 10% para los productos, bienes y servicios, incluyendo los productos que forman parte de la canasta familiar.
El pasado 10 de setiembre la Cámara de Diputados aprobó el proyecto y estaba pendiente la promulgación de la ley, que también establece, la devolución del crédito fiscal IVA será del 50% para operaciones de exportación, ya sean productos en estado natural o industrializados.
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recomendó poco después de la aprobación que esta ley entre en vigencia en enero de 2014.