Promulgan ley que permite inscripción al padrón vía internet

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Fue promulgada por el Poder Ejecutivo la Ley Nº 5.583, que implementa la inscripción por medios tecnológicos en el registro cívico permanente a los paraguayos residentes en el extranjero.

En su artículo primero, la nueva ley establece que “todo paraguayo residente en el extranjero, con capacidad legal para votar, podrá solicitar su inscripción por medios tecnológicos en el Registro Cívico Permanente, siempre que reúna los requisitos y cuente con Cédula de Identidad Civil o Pasaporte paraguayo.

Entretanto, el artículo segundo explica que, una vez hecha la solicitud a la Dirección del Registro Electoral, las inscripciones que resultaren legalmente válidas conforme a la ley electoral, servirán para la formación del registro cívico permanente.

Por otra parte, en el artículo tercero se establece que será el Tribunal Superior de Justicia Electoral el que reglamentará esta normativa, así como el procedimiento que corresponda para tachas y reclamos.

Recordemos que el proyecto de ley había sido aprobado por la Cámara de Diputados el 8 de octubre de 2015. En tanto, la Cámara de Senadores lo aprobó el 17 de marzo de 2016. A partir de ahora, el mismo queda sancionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

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La normativa aprobada se refiere exclusivamente a la inscripción vía medios electrónicos (como internet) y no menciona la posibilidad de la votación.