SET habilita régimen excepcional de pago

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Tributación habilitó este jueves un régimen excepcional de facilidades de pago, que posibilitará a los contribuyentes la regularización de sus obligaciones tributarias pendientes "de manera más accesible". Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que las facilidades de pago podrán ser aplicadas a deudas impositivas consignadas en certificados de deuda, las autodeclaradas por los contribuyentes, siempre que tengan fechas de vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2017, y a aquellas que fueron determinadas mediante ajustes fiscales que se hallen en procesos de control, sumarios o recursos de reconsideración.

Esta normativa, respaldada en el Decreto Nº 9.263/2018, busca posibilitar a los pequeños y medianos contribuyentes, que conforman mayoritariamente la cartera morosa de Tributación, cumplir con sus obligaciones de manera más accesible, considerando además el alto costo que representa para el fisco y los contribuyentes la gestión y regularización de las deudas en instancias judiciales.

La SET indica que para solicitar la facilidad de pago se debe ingresar al Sistema Marangatu con la clave de acceso y seleccionar el programa correspondiente conforme el plan que elijan. Añade que los programas 160, 161 y 162 solo estarán habilitados para aquellas deudas que sean iguales o superiores a G. 100 millones, conforme lo dispone el Art. 1° del referido decreto.

La SET insta a todos los contribuyentes a regularizar sus obligaciones pendientes, utilizando las facilidades brindadas por esta disposición. Aclara que aquellas deudas que no son alcanzadas por el decreto podrán igualmente ser financiadas a través del régimen normal de facilidades de pago.

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