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Corte otorga medida cautelar a universidades

Este artículo tiene 9 años de antigüedad
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La Corte Suprema de Justicia otorgó medida cautelar a seis universidades privadas que habían accionado contra la resolución del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) que suspendía sus carreras.

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Los representantes legales de las universidades Leonardo Da Vinci, María Auxiliadora, Universidad del Chaco, Universidad Central del Paraguay, Universidad del Sol y Universidad Autónoma San Sebastián de San Lorenzo solicitaron la suspensión de los efectos del Cones, atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.

El artículo 553 dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo por disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su incumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.

Ante el pedido, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a la medida cautelar solicitada por las universidades, de manera a que seguirán operando hasta tanto la máxima instancia judicial defina la acción de inconstitucionalidad impulsada por las universidades.

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