Franco firmó el decreto 10.733 por el cual vetó la ley 4852/2013, sancionada por el Congreso. Con esta disposición, senadores y diputados pretendían que se los llame “honorables” en los actos oficiales del Estado.
Entre otras cuestiones incluidas dentro de la ley figuraba el impedimento de cantar el himno nacional de otro país si el presidente del mismo no se encontraba en el recinto donde tenía lugar el evento.
El Ejecutivo afirma que esa medida es imposible de llevar a cabo porque las representaciones extranjeras pocas veces envían a sus presidentes a los actos oficiales.
Otra de las diferencias protocolares es la de llamar “intendente municipal” durante los actos solamente al de Asunción, haciendo diferencia con los de otras localidades del país.
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El veto es total y el proyecto vuelve al Congreso Nacional.
