Ya hace unos cuantos años, se ventiló el caso del Dr. Alberto Ramírez Zambonini, quien fue nominado para integrar el Tribunal Superior de Justicia Electoral y en ese momento surgió la denuncia de que su tesis doctoral era un plagio perfecto de una obra publicada por dos juristas argentinos; pasada la novedad, oparei el asunto.
Hace apenas un año, la Dra. María Elodia Almirón, postulante al cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia, fue acusada de plagio, pues páginas enteras de su tesis doctoral eran copia fiel de un libro de autor parameño. El escándalo la eliminó de la lista de candidatos al alto cargo.
En estos días, saltó otro caso de presunto copy/paste: el abogado Darío Romero, uno de los ternados para ministro de la Corte Suprema de Justicia, fue acusado de plagio de un jurista español en su tesis doctoral.
El descargo de Romero fue muy pobre; argumentó que “no tiene sentido” acusarlo después de 20 años de haber presentado su tesis. ¿El tiempo borra el delito?
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Cuando se le insistió que explicara cómo es que aparecen en su tesis doctoral numerosos párrafos transcriptos in extenso, dijo que “bien se pueden cometer errores de tipear y errores de imprenta”. ¿Romero no tuvo tiempo para corregir las pruebas de imprenta antes de imprimir su tesis?
Afirmó que tuvo “colaboradores que le tipeaban la tesis” y por eso pudo haber errores. ¿Desde cuándo los “colaboradores” son los responsables del contenido de una tesis doctoral?
Asimismo, el aspirante a la Corte Suprema responsabilizó a quienes le aprobaron la tesis y por eso “hay que preguntarle a esta mesa”. Esto es insólito: ¡el acusado pretende que los integrantes de la mesa examinadora carguen con la culpa del que estaba siendo examinado! Romero expresó varias veces que menciona al escritor español Manuel Aragón Reyes, autor del libro “Constitución y control del poder. Introducción a una teoría constitucional del control”, en su bibliografía. Sin embargo, este diario constató que no se menciona al citado autor ni en el desarrollo de la tesis ni en la bibliografía. ¿El lector debe adivinar quién escribió originalmente las frases?
En toda tesis de grado o de posgrado, existe una sección que habitualmente se denomina revisión de la literatura o estado de la cuestión. En este capítulo, se realiza un recorrido por los principales autores de las teorías más serias y pertinentes del área, pero es una obligación imprescindible citar al autor, el nombre del libro y usar las comillas en donde empieza y donde termina la transcripción. Si se omiten tales requisitos, entonces se trata del delito de plagio.
Además, una tesis es la síntesis de una investigación personal del doctorando en un área específica del conocimiento. No se pide al tesista que descubra la rueda o invente la pólvora, sino que, a partir de las teorías que ya se conocen, realice una investigación cuantitativa o cualitativa buscando llegar a conclusiones válidas y replicables siguiendo los métodos científicos. Por tanto, una extensa recopilación de las teorías de varios autores de ninguna manera puede denominarse una tesis.
Sería conveniente que, antes de ser nombrado ministro de la Corte Suprema de Justicia, el abogado Darío Romero vuelva a la Facultad de Derecho, retome la materia metodología de la investigación científica, contrate a un docente asesor de tesis y realice, esta vez en serio, una investigación que merezca la denominación académica de tesis doctoral.
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