31 de octubre de 2024
La abogada laboralista Emma Velaztiquí, de la ciudad de Fernando de la Mora, explicó que la “cuarentena” no existe como figura penal, por lo que al no ser un hecho punible especificado en la Constitución Nacional o en las leyes, no puede ser perseguido. Lamentó las aprehensiones, retenciones de vehículos y los abusos en los procedimientos contra personas que circulan en el horario de restricción.