¿IPS restringe diagnósticos? Esto es lo que cambió en el Hospital Ingavi

Fachada del Hospital Ingavi del IPS. abc color

El Hospital Ingavi restringió estudios de tomografías y ecocardiogramas en Urgencias para evitar saturación. IPS asegura que no es una prohibición, sino una medida de organización interna para priorizar pacientes graves y urgentes.

El Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi del Instituto de Previsión Social (IPS), dio a conocer una directiva que limita severamente el acceso a estudios de diagnóstico críticos para pacientes ambulatorios.

A través de un comunicado, fechado el 11 de junio, la jefatura del Área de Urgencias Polivalentes y Reanimación informó la restricción inmediata de Tomografías Axiales Computarizadas (TAC) y Ecocardiogramas. La medida generó fuertes críticas de los asegurados, que lamentaron otra limitación más en el seguro social.

Estudios de diagnóstico en IPS: ¿Qué cambia para el paciente?

Según el documento firmado por el doctor Álvaro Arturo Benítez, jefe de Área de Urgencias, el acceso a estos estudios queda reservado exclusivamente para pacientes internados o aquellos que se encuentren en áreas de observación con criterios claros de reevaluación para una posible internación.

Las nuevas directrices establecen:

  • Prohibición absoluta de TAC: Se prohíbe terminantemente la solicitud de tomografías desde los consultorios convencionales.
  • Transcripciones: Queda prohibida la transcripción de órdenes médicas externas para estos estudios, una práctica común para pacientes que acuden a especialistas fuera del nosocomio.

En el mismo documento, la dirección del hospital justifica esta medida bajo el concepto de “optimización y eficiencia”. El comunicado sostiene que los equipos de TAC y ecocardiografía son recursos limitados y, que la atención de patologías crónicas o controles ambulatorios satura el bloque, incrementando los tiempos de espera para casos que realmente requieren urgencia.

Hospital Ingavi de IPS restringe estudios de diagnóstico en las urgencias.

Según el IPS, la restricción busca asegurar que el recurso se destine únicamente a pacientes cuya complejidad clínica exija una respuesta inmediata para definir conductas terapéuticas. Si bien el hospital alega una “necesidad imperiosa de ordenamiento administrativo”, la medida abre interrogantes sobre el impacto en los asegurados.

“No es una restricción, es organización”, responde el IPS

Ante la controversia, la doctora Claudia González, coordinadora del Hospital Ingavi, aclaró que la circular responde únicamente a una organización operativa interna de las urgencias clínicas. Afirmó que existe una confusión en la interpretación del documento, ya que la medida busca evitar que el área de urgencias funcione como una extensión de los consultorios para casos no graves, como resfriados o cuadros gripales.

“Esto no es una restricción, no se debe interpretar de esa manera, o como una prohibición absoluta”, enfatizó González. La coordinadora del Hospital Ingavi explicó que, cuando un paciente presenta una verdadera urgencia clínica que amerita los estudios, estos se realizarán sin objeciones, ya que dichos pacientes son clasificados según su gravedad y derivados a observación o internación.

El objetivo real, según González, es poner fin a la práctica de acudir a Urgencias exclusivamente para la transcripción de órdenes médicas externas —provenientes de consultorios, otras clínicas periféricas o el sector privado—, lo cual satura innecesariamente el servicio y afecta los tiempos de atención.

Pacientes esperan atención médica en el área de Urgencias del Hospital Ingavi de IPS.

“Que la población tenga esa seguridad; que si se acercan a nuestra urgencia y ellos necesitan estos estudios, de ninguna manera se les va a negar”, aseguró González. El tiempo determinará si este “ordenamiento administrativo” logra agilizar la atención o si, por el contrario, se traduce en una nueva barrera para el asegurado que busca un diagnóstico oportuno en un sistema de salud que desde hace tiempo se encuentra al límite.

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