Luego de que la Fiscalía presentara sus alegatos finales y el pedido de condena contra el exsenador Hernán Rivas por la presunta obtención irregular de su título de abogado, el foco del debate jurídico se centra en el alcance de sus actuaciones como expresidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) y la responsabilidad de los parlamentarios que impulsaron su designación.
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El Dr. Óscar Paciello, expresidente del JEM, abordó dos de los frentes de este escenario: la eventual anulación de las resoluciones del órgano juzgador y la inviabilidad procesal de imputar a los legisladores que votaron a favor de Rivas.
Nulidades limitadas para evitar un caos jurídico
Respecto a los reclamos sobre la validez de los fallos emitidos durante la gestión de Rivas en el JEM, Paciello sostuvo que solo se podrían revisar aquellas causas donde su voto haya resultado determinante para conformar la mayoría requerida.
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Esto se debe a que está vigente la ley 6814/21 que establece que para determinar alguna sanción haya seis votos coincidentes y es ahí donde se debe determinar la importancia de la actuación de Rivas al constatar si su voto fue decisivo o no a la hora de tomar una decisión como cuerpo colegiado.
“Considero que las únicas que podrían tener la necesidad de ver si corresponden o no estas nulidades son las resoluciones en las que su voto fue decisivo o en las que integró la mayoría que tomó la decisión. Si el voto fue unánime de todos los miembros del Jurado, ahí no hay nada que hacer”, explicó el profesional.
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Paciello advirtió que la apertura de estas demandas requerirá previamente una sentencia firme que confirme la falsedad del título y señaló el impacto institucional que esto acarrearía. “Si se demuestra que él actuó con un título falso y esa sentencia queda firme, recién ahí se podrían iniciar las demandas de nulidad. Pero tropezaríamos con un gran caos jurídico que se podría generar”, adelantó.
La dificultad de atribuir penalidad a los legisladores
Ante la postura de sectores de la oposición que plantean perseguir penalmente a los congresistas que promovieron y votaron la designación de Rivas ante el JEM —incumpliendo el requisito constitucional de contar con el título de abogado—, Paciello consideró que dicho camino es altamente improbable desde el punto de vista legal.
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“Ahí está el primer problema: habría que demostrar que estas personas han tenido el conocimiento pleno de que Rivas no era abogado. ¿Cómo demostrar que todos los que lo votaron sabían que no tenía el título habilitante? Es la tarea más difícil que tendría el Ministerio Público”, aseveró.
El jurista puntualizó que, si bien el requisito formal de ser abogado es ineludible, los legisladores pueden argumentar razonablemente que fueron inducidos al engaño por el propio postulante, quien se presentó formalmente ostentando dicha condición.
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Responsabilidad política y falta de experiencia
Paciello desvinculó el ámbito penal de la responsabilidad política que asumieron las bancadas al designar a un representante sin la trayectoria adecuada para juzgar a jueces y fiscales.
“La responsabilidad política de los que lo votaron está fuera de este escenario y hay que asumirla. Todos los que tratamos en algún momento con Hernán Rivas sabíamos que no tenía la capacidad o, cuanto menos, la experiencia necesaria como para representar a las Cámaras ante el Jurado”, manifestó.
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El expresidente del JEM concluyó recordando que la idoneidad para juzgar a magistrados no proviene únicamente de la posesión de un título académico, sino del ejercicio real de la profesión.
“En su momento cuestioné su designación por su falta de experiencia. Para evaluar si un magistrado actuó bien o mal se requiere experiencia en el ejercicio; el libro no te da esa capacidad por sí solo”, finalizó.