A partir de conocerse en la víspera la determinación de la comisión disciplinaria de la FIFA de sancionar a Bolivia y beneficiar con los puntos a Chile y Perú, más 3 goles de diferencia, el trajín fue intenso para la asesoría jurídica de la APF.
En ese menester el doctor Wigberto Duarte manifestó que la tarea de ayer fue recabar todos los antecedentes y datos concernientes al caso Nelson Cabrera (el paraguayo nacionalizado boliviano) atendiendo que “la FIFA no nos envía nada porque no somos parte directa. Pero vamos a ver qué se puede hacer, pues esto nos perjudica enormemente en lo que es la clasificación”.
Se recurrirá a los dirigentes de la Federación Boliviana para acceder a los antecedentes y de acuerdo a eso “estudiar qué acciones tomar. A ver si nos dan intervención o como mínimo sentar una postura al respecto”. Anoche en medio del partido por Copa Sudamericana se siguió analizando el asunto y punto por punto lo que establecen el Estatuto de FIFA, el reglamento de competición de la Copa del Mundo Rusia 2018 y el código disciplinario.
El doctor Duarte considera que la FIFA no respetó lo que dispone el reglamento (ver infografía) en cuanto al plazo para la presentación de las protestas a las que recurrieron Chile y Perú. “Es entendible que se sancione y multe a Bolivia, pero no la adjudicación de los puntos a Chile y Perú, pues con esto se hace lugar a las protestas que ya prescribieron al no ser presentadas a tiempo”.
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Ahora la selección cayó al 7° lugar de la clasificación por detrás de Chile y Argentina (ver la tabla).
“NUEVA NACIONALIDAD”
Artículo 7 del Estatuto de FIFA: “Un jugador para adoptar una nueva nacionalidad y que no haya jugado fútbol internacional (por la selección de su país) , solo será elegible para jugar en el nuevo equipo representativo si cumple con una de las siguientes condiciones...: d): El jugador ha vivido al menos cinco años continuos después de cumplir los 18 años en el territorio de la asociación en cuestión”, es lo que establece la FIFA sobre la nueva nacionalidad.
