“No es necesario incoar otros procedimientos en el caso ISL contra otros funcionarios del fútbol” , añade el texto, que indica que “el comportamiento del presidente Joseph Blatter de ningún modo puede calificarse de incorrecto con respecto a las normas éticas”. El documento considera que “la aceptación del soborno” por parte de Havelange, Teixeira y Leoz “en aquel momento no constituye delito punible conforme al derecho penal suizo”.
“En cuanto al Dr. Nicolás Leoz, este alegó que todo el dinero que recibió de ISL lo donó a un proyecto escolar, pero lo hizo hasta enero de 2008”, concluye el informe.
