Exonerarán las facturas que no pasen G. 50.000

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El decreto que reglamenta la ley de emergencia dispone que los usuarios del servicio de agua corriente conectados a la red de la Essap, cuyas facturaciones en promedio de consumo de agua del periodo marzo/2019 a febrero/2020 no superen los G. 50.000 mes, serán exonerados en el pago de las facturas emitidas en los meses de abril, mayo y junio próximo, correspondientes a los consumos de los meses de marzo, abril y mayo respectivamente.

Las facturas superiores a G. 50.000, por su parte, podrán ser diferidas al mes de junio y las facturas de los meses de marzo, abril, mayo y junio, que no fueran pagadas, podrán ser financiadas hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses, a partir de la factura emitida en el mes de julio de 2020, a pedido del cliente.

Servicio telefónico

En lo que respecta a Copaco SA, por el servicio telefónico, señala que las facturas de consumo de los meses marzo, abril y mayo podrán ser diferidas al mes de junio.

Así también, las facturas de los meses de marzo, abril, mayo y junio, que no fueran pagadas, podrán ser financiadas hasta en 18 cuotas, sin recargos ni intereses, a partir de la factura emitida en el mes de julio de 2020, a pedido del cliente.

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