La reducción fue realizada en el marco de la implementación de la ley de emergencia.
De acuerdo con el Decreto N° 3506, que reglamenta la Ley de Emergencia Sanitaria, dispone que aquellos sueldos, dietas u honorarios profesionales iguales a 5 y hasta 10 salarios mínimos legales, tengan un recorte del 10% mensual.
Aquellos sueldos, dietas u honorarios profesionales mayores a 10 salarios mínimos legales, un recorte del 20% mensual.
La normativa dispone la reducción por los meses de abril, mayo y junio, se aplica a los funcionarios permanentes y contratados, empleados y máximas autoridades de todos los organismos y entidades del Estado, con excepción del personal de blanco, docentes con categorías L, Z U, Fuerzas Públicas, fiscales, defensores públicos, magistrados, ministros de la Corte y el personal afectado al servicio exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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