A INC le permiten transgredir la ley que prohíbe usar clínker importado

La INC viola la Ley 3103/2006, que establece el uso obligatorio de clínker nacional para producir cemento. Esto, con aval del MIC y de la Procuraduría General, que justifican el hecho con una muy forzada interpretación de la normativa.

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Una vez más, el gobierno de turno establece medidas proteccionistas a favor de la Industria Nacional del Cemento (INC), una empresa pública que, según los datos, históricamente ha sido ineficiente, con superpoblación de personal (más de 1.000 funcionarios entre permanentes y contratados) y que no ha podido atender toda la demanda del mercado de la construcción.

La Ley 3103, promulgada en el año 2006, tuvo como fin evitar que se instalen industrias cementeras en el país que no tengan producción integral, es decir, que solo importen clínker y se dediquen a la molienda, en lugar de producir localmente ese insumo fundamental para el cemento. En su primer artículo, dicha ley dice que “toda persona física o jurídica que vaya a dedicarse en el territorio nacional a la fabricación de cemento de todo tipo deberá proceder a la instalación de las máquinas necesarias para dicho proceso productivo en el territorio de la República”. Y agrega en el artículo 2° que “las empresas físicas o jurídicas que se dediquen a la fabricación de cemento, en los términos del artículo anterior, deberán utilizar materias primas semielaboradas (clínker) de origen nacional”.

Se puede inferir de esos artículos que todas las fábricas de cemento deben cumplir la disposición, ya que no está taxativamente exceptuada la INC. Sin embargo, en los años posteriores, la estatal igualmente importó clínker, y en el Gobierno actual, miles de toneladas del insumo de origen extranjero llegaron a utilizarse. En contrapartida, a la cementera privada Yguazú no le permiten trabajar con el material foráneo.

“Ley no es retroactiva”

En conversación con el viceministro de Industria, José Luis Rodríguez Tornaco, este afirmó ayer que la justificación se basa en un parecer jurídico de la Procuraduría, que dijo que, como “la ley no es retroactiva”, no se puede aplicarla a la INC, pero sí a las industrias que se instalaron posteriormente. “Conforme al dictamen de la Procuraduría, la ley no tiene efecto retroactivo. Entonces, como la ley fue posexistencia de la cementera estatal, ese es el criterio legal que interpreta la Procuraduría acerca de por qué la INC es la única habilitada para usar clínker importado. En puridad, importar clínker no está prohibido, lo que está prohibido ante el ridículo de la ley es usarlo. Dura es la ley, pero es la ley”, dijo el viceministro. 

Sobre el tema, ABC consultó al gerente general de Yguazú Cementos, y este confirmó que, efectivamente, solo a la INC le permiten usar clínker importado. Según dijo, hoy la industria privada produce 11 millones de bolsas de cemento al año utilizando clínker nacional (916.600 bolsas al mes), pero si se le permitiera traer materia prima extranjera, aumentaría 20% aquella producción ya que tiene una mayor capacidad de molienda. “Entiendo la intención de protección industrial a partir de esta Ley 3103, la entiendo y creo que es correcta. Si vos querés producir, que sea industria integral. Yguazú tiene una inversión que ronda los US$ 200 millones en planta, y tenemos producción integral”, indicó. Luego instó a que las reglas sean para todas las fábricas por igual.

A su vez, el presidente de INC, Jorge Méndez, refirió que la compañía estatal produce 1 millón de bolsas de cemento por mes, en promedio, y que prevén incrementar la cifra desde marzo. 

Gran parte de esa producción se origina en el insumo extranjero, ya que recién ahora, luego de meses de prueba, está funcionando el horno de clínker cuyo sistema de combustión había sido cambiado mediante una inversión de US$ 67 millones. Sin embargo, el funcionario no respondió a la consulta de por qué la estatal puede utilizar el clínker extranjero y cuál es el volumen que se ha importado durante su gestión (de 2013 a la fecha).

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