Acuerdo sobre Yacyretá no respeta espíritu del tratado, afirma decano

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Luego de realizar un análisis de los términos del reciente acuerdo alcanzado sobre Yacyretá, especialistas del sector eléctrico y docentes de la Universidad Católica (UC) concluyeron que viola las disposiciones del tratado.

“Cualquier modificación del Tratado, como es pretendida por el Acta de Entendimiento, es constitucionalmente inaplicable”. Así, con esta contundente frase, concluye un pronunciamiento de la Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción”, que fue elaborado por docentes y técnicos del sector eléctrico sobre el Acta de Entendimiento para el ordenamiento económico y financiero de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY). Si bien oficialmente la UC no dio a conocer aún el documento, la comisión especial del Senado ya accedió a él y lo divulgó. 

Ayer, en declaraciones a un medio radial, el decano de la Facultad de Ciencias y Tecnología (CyT) de la UC, Dr. Luca Carlo Cernuzzi, explicó que llegaron a esa conclusión luego de un riguroso y pormenorizado estudio de los diferentes documentos que se tuvieron en cuenta para la celebración del reciente acuerdo. “De alguna manera percibimos que, a lo largo de los años, se fueron dando una serie de instrumentos jurídicos que no reflejan lo que es el espíritu mismo del tratado, lo cual tiende a ir en contra de los intereses de ambos países”, declaró Cernuzzi a la 780 AM. El Pronunciamiento de la UC se hace referencia a la vigencia de la Nota Reversal de 1992 (NR 92), la cual viola el Tratado de Yacyretá en cuanto a la igualdad de derechos y obligaciones. 

En tal sentido, afirman que la NR 92, relativa a tarifa y financiamiento del proyecto Yacyretá, cuya aplicación es inconstitucional, es utilizada por los administradores de la binacional a pesar de que fue rechazada por el Congreso paraguayo. 

Estas disposiciones y otras acciones administrativas unilaterales generaron el desequilibrio económico y financiero de Yacyretá y agrega que, de haberse aplicado el numeral III del Anexo C del Tratado, la tarifa hubiera sido suficiente para cubrir todos los componentes del costo del servicio de electricidad. En el informe, el grupo de expertos del sector eléctrico y la UC sostiene que, al analizar los términos del Acta de Entendimiento, surge con meridiana claridad que, desde 1992, con la NR ya mencionada, pasando por el Preacuerdo de 2006, la línea negociadora argentina se mantuvo invariable en convertir esta obra en una central binacional al servicio de los argentinos, en la que el Paraguay proporciona sus recursos naturales, que son el agua, el potencial hidroeléctrico y su territorio inundado, difiriendo los beneficios concordados para nuestro país, indica el documento.

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Debe reestudiarse, aseguran

Con respecto a las obras que planean llevar adelante en el Brazo Aña Cua, los técnicos concluyeron que ese emprendimiento, tal como se lo proyecta, “no respeta el espíritu original del tratado y, por ende, debería ser revisado para seguir con todos los pasos legales correspondientes y que luego pueda refrendarse en los Congresos de ambos países como de hecho se ha establecido en el propio tratado”. En el informe los especialistas insisten en que lo ideal es que se respeten los procedimientos establecidos en el propio tratado para ello. Esto quiere decir que debe hacerse de común acuerdo, mediante el canje de instrumentos de ratificación entre las Altas Partes Contratantes.