Alertan sobre un posible hecho punible en Senave

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La Secretaría de la Función Pública dictaminó que personas que concursaron en Senave para acceder a la desprecarización laboral no tenían la antigüedad requerida por la ley, por lo que remitirá el expediente al Ministerio Público y recomienda al Senave instruir sumario a los responsables del concurso.

El Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave) había hecho un concurso de desprecarización de 106 puestos en la institución en mayo pasado. Algunos afectados cuestionaron el proceso de concurso, puesto que se incluyó entre los promovidos a personas que no tenían los cuatro años de antigüedad que exige la legislación pertinente. Los reclamos iniciales al respecto no fueron tenidos en cuenta y el caso llegó a la Secretaría de la Función Pública.

Esta dependencia estatal analizó todo el proceso así como la documentación que el Senave le acercó y encontró que Carlos Prujiel Bernal, Leticia Marisel Urunaga Páez, Roberto Carlos Pérez Yegros, Néstor Dejesús Rojas Díaz, Jorge Rafael Benítez Guerrero, Aidée Encarnación Cardozo Barrios, María Patricia Valdez, Mario Antonio Torres, Hugo Enrique Sánchez Torales, Agustín Brítez Salcedo y Claudia Concepción Báez Orihuela no contaban con la antigüedad exigida por la norma legal vigente en el momento del concurso.

La comisión de selección, integrada entre otros por Mirian Elena Ayala, directora de Gestión de Persona, y Rodrigo Núñez, director de Administración y Finanzas, incluyó a esas personas entre las 106 que pasaron de ser contratadas a nombradas en Senave.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública señala en su dictamen que la inclusión de las citadas personas entre las desprecarizadas es “exclusiva responsabilidad de los integrantes de la Comisión de Selección”.

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Dictamen

En su dictamen, la Función Pública también hace referencia al artículo 106 de la Constitución Nacional, que señala que “ningún funcionario o empleado público está exento de responsabilidad” y que “en los casos de transgresiones, delitos o faltas que cometiesen en el desempeño de sus funcionarios, son personalmente responsables...”.

La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública recomienda “la remisión de este dictamen y de las demás documentaciones al Ministerio Público, a fin de que lleve a cabo la investigación pertinente y determine la existencia o no de hechos punibles, conforme a lo dispuesto en el Código Penal”.

Además, recomienda a la autoridad del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, Rodrigo González Navarro, “la instrucción del correspondiente sumario administrativo a los posibles responsables de las supuestas faltas que pudieron haberse cometido, a fin de deslindar responsabilidades, en atención a lo dispuesto en el artículo 8 de la Revolución SFP N° 096/2014, inciso 29”.

Habría responsabilidad civil y penal

En su dictamen, Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública refiere al artículo 17 de la “Ley de la Función Pública”, que dice: “El acto jurídico por el que se dispuso el ingreso a la Función Pública en transgresión a la presente ley o sus reglamentos será nulo cualquiera sea el tiempo transcurrido. Los actos del afectado serán anulables, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que pudiera corresponder a los responsables del nombramiento. La responsabilidad civil de los funcionarios, contratados o auxiliares, será siempre personal y anterior a la del Estado, que responderá subsidiariamente”.