Aña Cua sin el Congreso es ilegal

“El inicio de las obras de Aña Cua sin pasar por el Congreso es enteramente ilegal e Inconstitucional, ya que requiere ratificación parlamentaria por tratarse de una modificación del Anexo B del Tratado de Yacyretá”, señala el punto Nº 4 del dictamen de la Comisión Especial Encargada del Estudio y Seguimiento del Acta de Entendimiento Cartes/Macri.

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“Toda nueva obra hidroeléctrica con Argentina debe plantearse con posterioridad a una resolución plena y completa de todo lo cuestionado en Yacyretá. El Paraguay debe exigir que se establezcan y concreten todos los derechos arriba indicados, antes de ampliar Yacyretá, incluyendo Aña Cua, y, por supuesto, antes de iniciar nuevos emprendimientos tales como Corpus e Itatí e Itacorá”, es la premisa del punto anterior.

Añade a continuación, que “el Proyecto Aña Cua se construirá en el marco del Acta de Entendimiento Cartes-Macri, claramente inconstitucional por haber sido negociado sobre la base de la Nota Reversal del 9 de enero de 1992 (NR/92), rechazada por el Congreso Nacional, viciada de nulidad por no ajustarse a lo que dispone para el efecto el Anexo C del Tratado”.

Incluso apuntan sus desventajas en materia de costos: “El Proyecto Aña Cua costará 2500 US$/kW instalado y, por ende, será más caro que los siguientes proyectos regionales similares: a) Maquinización de la presa Yguazú, 1500 US$/kW instalado...”, etc.

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