La auditoría de la CGR fue realizada sobre la ejecución de los fondos sociales de la Itaipú correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2007, y del 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2008, bajo las administraciones de Víctor Bernal Garay y Ramón Romero Roa, respectivamente, ambos directores nombrados por Nicanor Duarte Frutos.
Cabe indicar que la nota reversal por la cual se establece el cambio de misión institucional de la Itaipú y se incorporan los gastos sociales al costo del servicio de electricidad fue firmada bajo el gobierno de Duarte Frutos, el 31 de marzo de 2005.
En su conclusión, la CGR se ratificó en la falta de legitimidad de ese acuerdo internacional, puesto que no se cumplió con lo establecido en la Constitución Nacional, la que en su artículo 137º establece claramente que “la ley suprema de la República es la Constitución. Esta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado (...)”.
Asimismo, la CGR recomienda a las autoridades de la binacional “realizar las gestiones necesarias a efectos de obtener la legitimación por parte de los legislativos de cada país miembro en lo que refiere a su responsabilidad social, como motor del cambio misional del ente”.
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En ese entonces, el director de la Itaipú era Gustavo Codas Friedmann, quien había sido designado por el presidente Fernando Lugo (2008-2012). Posteriormente, bajo el gobierno de Federico Franco (2012-2013), asumió Franklin Boccia, quien tampoco siguió las recomendaciones del organismo de control, al igual que el director actual, James Spalding, nombrado por el presidente Horacio Cartes en agosto de 2013.
“Esta legitimación deberá darse conforme a las prerrogativas jurídicas previstas en las normativas que rigen a un ente binacional, es decir, debe necesariamente tener la aprobación de los poderes legislativos de los países propietarios del ente”, se lee en otro párrafo del informe.
El Plan Estratégico de la Itaipú Binacional correspondiente al periodo 2004-2008, aprobado por resolución del Consejo de Administración RCA-012/03, de fecha 05/09/03, modificó la misión de la entidad y, con ello, incorporó a ella el aspecto social y ambiental, según el este texto.
Interpretaron el Tratado
El descargo presentado por las autoridades de la entidad binacional a la CGR es la interpretación que realizaron los miembros del Consejo de Administración, interpretación que no se encuentra expresamente prevista en el “propósito” de creación del ente, en el mismo Tratado, dice el informe. Agrega además que el Anexo A, en su Artículo 9° establece taxativamente que “los miembros del Consejo de Administración de la Itaipú Binacional deben “cumplir y hacer cumplir el Tratado y sus Anexos” y no lo que ellos interpretaron sobre esas normativas.
