Cláusula en licitación para obras en Aña Cua indicaría direccionamiento

En el pliego de la Licitación Pública Internacional N° 669/17, subrepticiamente la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) incluyó una cláusula exigiendo un modelo a escala de la turbina, algo que solo una firma –actual proveedora– estaría en condiciones de cumplir en el plazo exigido.

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El proyecto para las obras hidroeléctricas del brazo Aña Cua del río Paraná, ubicado en territorio paraguayo, tiene una larga historia que se remonta al año 1999. A partir de dicha fecha, la empresa argentina Industrias Metalúrgicas Pescarmona SA (Impsa) demostró interés en instalar 3 turbinas del tipo Kaplan de eje vertical, con una potencia de 270 MW. En 2005 intentó forzar una licitación en el marco de la iniciativa privada, figura jurídica que en esa época no contemplaba aún la legislación paraguaya.

En estos momentos, la EBY tiene nuevamente la intención de contratar la construcción y puesta en servicio de la central hidroeléctrica del brazo del Aña Cua, para lo cual inició dos llamados a licitación de carácter internacional: la N° 669/17, para el suministro electromecánico de generación “para la ampliación de la central hidroeléctrica de Yacyretá en la margen izquierda del brazo Aña Cua” y la N° 670/17, correspondiente a la ejecución de la obra civil y determinadas partes electromecánicas.

En los pliegos del llamado se advierte una cláusula que resulta llamativa para los oferentes, puesto que la empresa precalificada con el orden de mérito N° 1 deberá presentar un modelo de turbina Kaplan a escala, para ser sometido a ensayo especiales en laboratorio ante el ente certificante de Yacyretá. El oferente que cumpla con este requisito será adjudicatario, dice entre otros puntos. A juicio de las contratistas que mostraron interés en el llamado, no existen antecedentes de exigencias de este tipo para obras similares y tildan la cláusula de excluyente, teniendo en cuenta que un modelo a escala ronda los US$ 750.000 y solo dispondrán de 12 a 30 días para cumplir con este requisito, salvo que algunas de las oferentes “disponga” de un modelo de turbina Kaplan a escala podrá cumplir tal requisito.

Al respecto subrayan que posiblemente Impsa sea la única empresa que cuente con un modelo de turbina exigido en los pliegos, dado que desde 1999 figura en sus planes el turbinado del Aña Cua. Por lo general para este tipo de obras se establecen parámetros de rendimiento como eficiencia de norma, eficiencia de descalificación, eficiencia mínima ponderada garantizada, acorde a tecnologías modernas actuales vigentes, que deben respetar los fabricantes, incluso si los materiales propuestos cumplirán con los requerimientos técnicos en el pliego de especificaciones técnicas. 

Incluso dar a conocer el diagrama colinar (Hill), que establece el campo de operaciones, para verificar si el rendimiento exigido para cada punto, teniendo en cuenta los parámetros hidráulicos, tales como caudal, altura o salto, apertura del distribuidor y potencia, serán los requeridos para no desaprovechar un importante recurso como es el agua durante 50 años, que por lo general deberán generar estos equipos.

ccaceres@abc.com.py

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