Contadores critican mala fe del fisco por cambio en IRP a último momento

Contadores criticaron que la Administración Tributaria no tuvo un trato adecuado ni transparente en la puesta en vigencia del Decreto Nº 6560 que modifica varios aspectos del Impuesto a la Renta Personal (IRP), faltando solo 3 días para que culmine el ejercicio. Ayer se publicó en la gaceta oficial, y la mayoría de los cambios rigen en este periodo.

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La Lic. Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay (CCP), cuestionó duramente la acción de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), que en tiempo récord logró reglamentar varios cambios en el IRP, faltando apenas tres días para el cierre del ejercicio fiscal.

La profesional añadió que de aplicarse la retroactividad en varios de estos artículos sería una acción muy penosa y de muy mala intención por parte del fisco, siendo que la mayoría de los contribuyentes realizaron gastos e inversiones conforme a las reglas actuales del mercado. Sin embargo, al reglamentarse estos cambios antes del cierre fiscal, modifican la estructura de liquidación del impuesto que agarra de sorpresa a los contribuyentes y a los profesionales contables, señaló. La retroactividad de las disposiciones también es discutible desde su aspecto legal, y por esa razón, muchos contribuyentes ya anticiparon que accionaran judicialmente, acotó la profesional.

Dijo además, que el momento en que se introducen estos cambios no es el más indicado, considerando que diciembre es el periodo de mayor demanda laboral en el ejercicio de la profesión, ya que las empresas están con cierre de balances, inventarios, flujos de cajas, preparación de cuadros de revalúo y un montón de trámites propios de esta época. Con que estas disposiciones a último momento se generan presiones extras y muchas dudas, ya que las disposiciones no son claras, ni se ha socializado con los profesionales, a fin de que se pueda brindar un adecuado asesoramiento a los contribuyentes, acotó. El IRP es un impuesto que se paga sobre los ingresos y la obligación abarca a quienes alcancen en este periodo ingresos anuales de 72 salarios mínimos y bajará a 60 salarios desde el 2017.

Ejecutivo publicó en Gaceta

El Poder Ejecutivo publicó ayer en la Gaceta Oficial N° 250 el Decreto N° 6560 que modifica varios artículos del Decreto N° 9371/12 por el cual se reglamenta el IRP que estaba vigente desde el año 2012. Con la publicación del nuevo decreto en la Gaceta, según dice esta normativa, hoy entran a regir 31 artículos que guardan relación al hecho generador, ingresos por ganancias, ingresos por enajenación ocasional, familiares a cargo, gastos e inversiones, entre otros. Por su parte, a partir del 1 de enero de 2017 regirán los artículos 24, 29 y 48, sobre deducción de donaciones, deducción de gastos e inversiones y retenciones. Algunos tributaristas opinan que también debe publicarse en los medios.

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