Controlarán distribución de utilidades

Este artículo tiene 6 años de antigüedad

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) del Ministerio de Hacienda llevará a cabo antes de fin de año fuertes controles sobre la distribución de utilidades en las empresas tipos SA y SRL, según anunciaron desde la cartera.

Los datos que surgen del cruce de información que se realiza a través del sistema Marangatu revelan que muchas empresas están guardando sus ganancias, por lo que la administración fiscal verificará si esto es realmente así.

El viceministro de Tributación, Fabián Domínguez, señaló que encontraron que las empresas no están distribuyendo las ganancias y los accionistas no quieren recibir; un “patrón de conducta” que se detectó en muchas firmas Sociedades Anónimas (SA) y Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).

Las empresas son contribuyentes del impuesto a la renta de actividades comerciales, industriales o de servicios (Iracis) y como tal, liquidan aplicando una tasa del 10%, en caso de distribución de utilidades se tiene una tasa adicional del 5% y el caso de remesas de utilidades, 15%.

Al no distribuir las ganancias, no se pagan las tasas adicionales establecidas, de acuerdo a la SET.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Son contribuyentes del Iracis las empresas unipersonales, las sociedades en general, asociaciones, corporaciones y entidades privadas, entidades sin fines de lucro, ONG, cooperativas, empresas públicas, personas o entidades privadas del exterior, sucursales o agencias de entidades cuya casa central se encuentran en el exterior.

“Haremos un fuerte control antes de fin de año”, indicó el titular de la administración tributaria; estas acciones forman parte de unas medidas que se están implementando para recaudar más, ya que la coyuntura regional está golpeando los ingresos del fisco.

Este mes las empresas contribuyentes el Iracis deben pagar el cuarto anticipo del año, con lo que el fisco espera se pueda mejorar la recaudación. Las firmas están obligadas a pagar cuatro anticipos en el año: mayo, julio, setiembre y noviembre.

Cada anticipo equivale al 25% del tributo liquidado en el ejercicio anterior, pero en caso de que considere que los dos primeros cubrirán el impuesto a liquidar al finalizar el ejercicio vigente, pueden pedir la suspensión de los dos últimos, lo que no ocurrió este año, según el viceministro Domínguez.