Difieren para financiar Aña Cua

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La única garantía que tiene el Paraguay para disponer libremente de su energía en la central hidroeléctrica Yacyretá es pagar la deuda “cuanto antes y no diferirla” tal como lo acepta la Nota Reversal N° 2/17, advierte un especialista con extensa trayectoria en la entidad binacional, que pidió que se nombre se mantuviera en reserva.

“Con esta fórmula, apenas se pague totalmente la deuda dispondremos del 50% de la producción actual de la central para venderla a precio de mercado, al menos US$ 100 por unidad energética”, agregó el técnico compatriota.

Dudas sobre el tratamiento

Recordemos que el instrumento diplomático de referencia, sobre cuyo tratamiento inclusive hay dudas, luego de casi nueve meses de ocultamiento fue remitido a la consideración del Senado el día 4 del presente mes.

El senador Miguel Ángel López Perito (Avanza país) advertía el último fin de semana que en una sesión del 10 mayo de este año la Cámara Alta trató el dictamen que había emitido una comisión constituida especialmente para tratar los cambios en el Anexo C del Tratado de Yacyretá.

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Agregó que ese dictamen, aprobado por mayoría, recomendaba el rechazo de los instrumentos de referencia.

Territorio inundado

El especialista señalaba igualmente que la República del Paraguay debe comenzar ya, sin más demoras, a “empezar a cobrar las compensaciones por territorio inundado, que son unos US$ 1.000 millones nunca cobrados”.

El controvertido instrumento diplomático en su numeral A.7 impone que “la deuda de Yacyretá con las Altas Partes Contratantes, en concepto de compensación en razón de territorio inundado que se determine al 31 de diciembre de 2015, según los valores indicados en los ... a esta nota, al igual que los créditos devengados con posterioridad al 31 de diciembre de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2017, será pagados en 10 (diez) cuotas anuales y consecutivas, a partir del año 2023”.

Hasta el 2048

En el numeral A.3, segundo párrafo, se establece que “... el saldo neto adeudado a la República Argentina que resultada luego de efectuar las compensaciones mencionadas es el que se indica en el Anexo I a esta Nota (US$ 4.084.063.000) el que deberá ser cancelado en 20 (veinte) cuotas anuales iguales, a partir del año 2028”.

“Con la NR 2/17, el pago de la deuda y el de las compensaciones por territorio inundado se difieren para financiar la construcción del Aña Cua”, añade.

Obviamente, se refiere a la nueva central que la entidad, sin participarle al Legislativo, lleva adelante. 

De acuerdo con los datos técnicos de la entidad binacional. la construcción de la nueva central demandará 48 meses, o sea cuatro años, el tiempo justo para pagarle a nuestro país su primera cuota de los US$ 1000 millones que le adeuda en concepto de compensación por territorio inundado.

Independiente

El especialista aclara que no está en contra de la ejecución del proyecto de la nueva central, advierte empero que debe contar “con un financiamiento independiente del pasivo actual de la EBY y que debe conseguirlo la alta parte que hoy necesita de esa energía, o sea la Argentina”.

“Con la NR actual, Paraguay financia la central del Aña Cua, difiere su libre venta de energía y difiere el cobro de sus compensaciones”, reitera.