El Poder Ejecutivo emitió ayer el Decreto Nº 6657 que establece la vigencia del Presupuesto 2016 para el presente ejercicio, ya que el aprobado por el Congreso para este año fue vetado por el presidente Horacio Cartes. Sin embargo, hay varios puntos que quedan en la nebulosa, los cuales aún no fueron aclarados por las autoridades administrativas.
Uno de los puntos más sensibles tiene que ver con la ejecución de las obras públicas, ya que ambos presupuestos fueron elaborados con base en las necesidades requeridas por cada institución para ese año.
“Supongamos que en el 2016 se dio presupuesto para el bacheo de la Ruta 3 y ese trabajo se terminó y pagó en ese mismo año. ¿Qué pasa si el MOPC vuelve a presentar una solicitud de transferencia de recursos (STR) por ese mismo trabajo?”, cuestionó Manuel Ferreira, exministro de Hacienda. Agregó que Hacienda no tiene forma de controlar eso, y que solo verifica si hay plan financiero y de caja, mientras que el resto de la responsabilidad recae en cada institución. “El tema del veto se puede prestar a actos de corrupción si no son aclarados algunos de estos puntos”, advirtió.
Gastos prioritarios
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El decreto autoriza a los Organismos y Entidades del Estado (OEE) a cargar en el Sistema Integrado de Administración Financiera los gastos prioritarios que podrán ser ejecutados con cargo a los ingresos, gastos y financiamiento aprobados.
Esos gastos prioritarios establecidos en los artículos 22 y 56 de la Ley 5554/2016 se refieren a alimentación escolar y garantía nutricional de primera infancia, así como al pago de la deuda flotante y los servicios personales, jubilaciones y pensiones, transferencias a los gobiernos departamentales y municipales, proyectos de inversión financiados con recursos del crédito público y donaciones con sus respectivas contrapartidas nacionales, servicio de la deuda pública y otros, hasta la publicación del decreto de aprobación del Plan Financiero.
Pago de deuda flotante
El decreto autoriza también el pago de la deuda flotante al 2016, de unos G. 2,23 billones, que deberá ser abonada a más tardar el último día hábil de febrero, para lo cual la cartera estatal solicitará un anticipo al Banco Central del Paraguay (BCP).
Otra diferencia en el presupuesto y que aún no fue aclarada ocurre con la emisión de bonos soberanos. Hacienda presupuestó la emisión de US$ 558 millones para este año, mientras que el presupuesto 2016 le permite emitir hasta US$ 600 millones.
También hay dudas sobre el tema salarial y pago del triple aguinaldo que estaba contemplado en el PGN 2016, puntos que si no son aclarados podrían fácilmente prestarse a malos manejos por parte de los entes y organizaciones estatales.