En simposio, recomiendan rechazo de la Nota Reversal sobre Yacyretá

Luego de tres días de deliberaciones, concluyeron que los términos de la Nota Reversal que modifica el Anexo C del Tratado de Yacyretá no son convenientes para Paraguay y sugieren que un organismo internacional audite la deuda.

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El simposio, que reunió a representantes del Centro de Docentes de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Asunción (CDI-FIUNA), docentes de la Universidad Católica (UC) y técnicos de diversas especialidades invitados por la Comisión Especial del Senado para el seguimiento del acuerdo sobre Yacyretá, finalizó ayer con la elaboración de un pronunciamiento en el cual se exponen los motivos del rechazo a la Nota Reversal firmada por los cancilleres de Paraguay y Argentina el pasado 28 de setiembre, en Asunción.

Los especialistas desarrollaron ponencias y criterios multidisciplinarios relacionados con los aspectos técnicos, jurídicos, financieros y constitucionales; los cuales dejaron al desnudo los enormes perjuicios que se van a continuar materializando en contra del Paraguay si se aprueba el instrumento diplomático que debe ser puesto a consideración del Senado para su entrada en vigencia, por lo que sugieren el total y completo rechazo. 

Asimismo, recomiendan a la comisión del Senado evaluar una presentación contra la República Argentina ante organismos internacionales neutrales, tales como el Fondo Monetario Internacional o la ONU y gestionar un pedido de auditoría de los registros contables de Yacyretá para determinar el monto real de la deuda y sus orígenes, en base a lo establecido en el Numeral IX del Anexo C del Tratado. Este pedido sería a los efectos de la conciliación de las cuentas, de modo a transparentar las finanzas de la entidad binacional y evitar que el Paraguay cargue con una deuda espuria y pierda soberanía sobre sus recursos naturales, dice el documento final emitido ayer.

Las conclusiones del simposio constan de tres partes. En la primera, analizan la propuesta de solución financiera establecida en el Acta de Entendimiento y sobre el punto señalan que no se puede consentir una deuda no verificada ni verificable, causada por decretos del Poder Ejecutivo de la Argentina, que desnaturalizaron el Tratado de Yacyretá así como la Nota Reversal del 9 de enero de 1992, rechazada por el Congreso Paraguayo en lo que respecta a la “Tarifa y Financiamiento Proyecto Yacyretá”. Asimismo, el nuevo acuerdo altera el principio de proporcionalidad establecido en el Numeral VII.2 del Anexo C, en perjuicio del Paraguay.

Además, cuestionaron los datos sobre el territorio inundado que aparecen en el Acta de Entendimiento, los cuales no están basados en valores reales, verificados y corroborados con transparencia. Por lo tanto, la compensación asignada al Paraguay es subjetiva, irrisoria e inaceptable, sostienen.

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