Fiscalía debe investigar licitación del aeropuerto, sostiene jurista

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El abogado Alfredo Enrique Kronawetter, docente y responsable de la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal y Penitenciario (Conarepp), considera que el Ministerio Público debe iniciar una investigación ante los hechos denunciados en torno a la licitación para modernizar el aeropuerto, vía APP.

A pedido de la Comisión Permanente del Congreso, Kronawetter realizó el análisis jurídico de varias irregularidades en la licitación vía asociación público privada (APP) para modernizar el aeropuerto internacional Silvio Pettirossi, convocada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). Más allá de los conflictos jurídicos adjudicados a la única oferente que hoy está en competencia, el consorcio Sacyr-Agunsa, el especialista realizó un dictamen global de todo el proceso, desde sus inicios (ver cuadro).

“El Ministerio Público, al tomar conocimiento de estos hechos notorios (profusa información emanada de la prensa), tiene el deber constitucional y legal de impulsar una investigación fiscal”, señala parte de las conclusiones y agrega que, si existen suficientes elementos, la Fiscalía debe proceder a imputar a los responsables.

El jurista explica que la base de su opinión se sustenta en la puesta a conocimiento de la Contraloría de las supuestas irregularidades en la licitación, que son seis puntos en específico, de los cuales el abogado analizó dos, correspondientes particularmente al ámbito penal.

Tráfico de influencias

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El primer ítem analizado es el hecho de que el jefe de Gabinete del MOPC, Abog. Esteban Sarubbi, esté vinculado a la participación de una de las oferentes –posteriormente descalificada–, la empresa Vinci. Se planteó que existen “incompatibilidades, inhabilidad, fraude y tráfico de influencias con la presunción de fraude y corrupción (sic), que se constataría con la situación por la cual el MOPC introdujo modificaciones sustanciales al pliego originario para facilitar la participación de Vinci”. Al respecto, Kronawetter subraya que “lo concreto es que el mismo (Sarubbi) estaría en una situación conflictiva de intereses en disputa, con lo que se estaría privilegiando a esta empresa en detrimento de las demás, con una distorsión que afecta los cimientos de todo el proceso en cuanto a transparencia y credibilidad, valores inalienables del modelo republicano de gobierno”.

“Por de pronto, no podríamos encuadrar la conducta en el tipo legal de lesión de confianza (Art. 192 del CP), porque este delito no castiga la tentativa. La figura que preliminarmente podría encuadrar es la del tráfico de influencia (Art. 7.1/Ley 2523/04), porque el Art. 2 de dicha ley, en concordancia con el artículo 14 ‘Definiciones’ del Código Penal, establece una serie de circunstancias objetivamente imputables al funcionario público”, resalta.

Agrega que los hechos tomados en consideración relatan “eventos con irregularidades respaldadas en normas específicas y que, a su vez, controvertirían disposiciones constitucionales y principios generales trasegados en la misma ley de Alianza Público Privada y su reglamentación”.

El otro punto analizado fue la participación de Sacyr y el hecho que haya presentado una póliza de mantenimiento de oferta de la empresa Royal Seguros, “en la que figura como socio o directivo el jefe de Gabinete de la Presidencia, Juan Carlos López Moreira”.

En lo que atañe a los hechos de ese segundo punto, “formulo la misma postura en cuanto al tráfico de influencias”. No obstante, el jurista resalta que existe en este ámbito una laguna porque no se puede penalizar la tentativa del delito. Esto “denota una debilidad para enfrentar jurídicamente hechos de esta naturaleza, por lo que urge una modificación de este hecho punible, principalmente a la luz de las complejas relaciones que surgen de la implementación de la ley de APP y que obviamente exceden al ámbito tradicional de esta figura en su redacción actual”, subraya.