Insisten en que esta labor debió realizarse inmediatamente después de que el embalse del complejo alcanzara la que los voceros de la EBY, argentinos y paraguayos, catalogan como “definitiva” o de diseño, porque está ligada estrechamente a los intereses del Paraguay, que es el que más territorio sacrificó en esta obra, que hasta ahora beneficia en más del 90% al mercado eléctrico del vecino país.
Nuestras fuentes nos recuerdan que los porcentajes de contribución de territorio de los países para la conformación de ese imponente mar interno, son aplicados al resultado de la fórmula para el cálculo de la compensación en razón de territorio inundado, criterio que establece el Anexo C del Tratado de Yacyretá para definir el monto que recibirá cada país por este concepto.
Evocan nuestros informantes que el día 8 de noviembre de 2006 el gobierno de entonces dio a conocer los términos del que entonces denominaron Preacuerdo Técnico sobre la deuda de la EBY, así como sobre otros asuntos pendientes de resolución. El acuerdo de marras determinaba, por ejemplo, que nuestro país aportaba el 80% del territorio inundado por Yacyretá y nuestros socios el 20% restante.
Nuestras fuentes están convencidas de que para concluir esa distribución del territorio anegado por el reservorio de la hidroeléctrica no se hizo estudio alguno o una actualización del cálculo de la superficie cubierta en la margen paraguaya de la obra.
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“Lesivo a los intereses paraguayos”
Los especialistas consultados aportaron más antecedentes del caso. En efecto, recuerdan que en 1977 y 1978 el proyecto fue suspendido más de un año e inclusive faltó poco para que lo desecharan, porque nuestro país consideraba “lesivo a sus intereses” la extensa superficie que se hubiera inundado con el trazado de la presa del estudio de factibilidad entonces vigente. Esa postura obligó a modificar casi la totalidad del trazado del proyecto en nuestra margen del río Paraná, cambios que formalizaron con la suscripción e intercambio de las Notas Reversales del 30 de agosto de 1979.
Detallaron que en uno de esos instrumentos diplomáticos se estableció que la inundación máxima en Paraguay no debe ser superior a 815 km². Además incorporaron al proyecto diques en la desembocadura de los arroyos Aguapey, Tacuary, Caraguatá y San Martín (Itapúa), con el fin de evitar que las aguas del futuro anegasen sus áreas de influencia.
Destacan igualmente que mediante otro instrumento diplomático de ese año incorporaron al Anexo C del Tratado de Yacyretá el capítulo titulado “Compensación en razón del Territorio Inundado”.
La compleja historia de la hidroeléctrica paraguayo-argentina no finalizó con las modificaciones de 1979. La contramarcha, destacan los técnicos, data de finales de 1988 y principios de 1989, cuando definieron una configuración diferente de las obras que debían proteger los valles de los arroyos mencionados más arriba.
La nueva decisión fue suprimir las defensas de los arroyos Tacuary, Caraguatá y San Martín, hecho que permitió que el embalse penetrara y se expandiera sobre sus respectivas cuencas, que hasta entonces estaban protegidas. Otro aumento de la superficie inunda en nuestro país.
Ni atendidos, tampoco exigidos
Una superficial hojeada de los documentos oficiales de la entidad binacional permitirá incluso detectar compromisos, firmados por nuestros socios, para compensar al Paraguay por ese mayor sacrificio territorial. Compromisos que nunca fueron atendidos y tampoco exigidos.
El relato cronológico de nuestros informantes continúa. Señalaron que a principios de abril 1989, la entidad binacional pidió, con urgencia, al CIDY (el consorcio norteamericano-alemán-paraguayo-argentino que elaboró el proyecto, dirigió y fiscalizó las obras) un nuevo estudio y recálculo de las superficies inundadas ante la decisión de suprimir la defensa de los arroyos de referencia.
“En contra de toda lógica y del sentido común, el análisis de CIDY, que consta en el informe 1115/I-31.4.00, se concluye que el área inundable a cota 83 es de 807 km² en Paraguay (menor que la anterior) y de 200 km² en Argentina”, enfatizan.
Preguntados por qué esa conclusión atentaba contra la lógica y el sentido común, respondieron que “lo que muy poca gente sabe y la que sabe no lo dice, es que ese recálculo fue hecho en CIDY exclusivamente por técnicos argentinos, sin la participación paraguaya. Un grave error de la parte paraguaya de CIDY y no debió aceptarse en un tema tan importante para el Paraguay”.
Además no emplearon el mismo criterio de cálculo de los cómputos hechos en 1979 (NR del 30.08.79). Excluyeron del área de inundación el llamado “Estero del Mediodía” de la Isla Yasyretá con criterios contradictorios y argumentos poco convincentes. No incluyeron la superficie anegada correspondiente a la cuenca del Arroyo Aguapey a cota 78 y tampoco tuvieron en cuenta el área cubierta del arroyo Quiteria de Encarnación, explicaron.
Algunos dirán que lo hicieron con cierta malicia, otros en forma justiciera: “Es conveniente recordar que desde que se estableció la compensación por territorio inundado, la intención argentina de reducir la parte paraguaya fue una constante”.
Evocan que esa presión se hizo más fuerte desde hace casi un par de décadas, durante la dirección ejecutiva del abogado Martínez Raimonda (no recordaron su nombre), lapso en el que la Comisión de Tasaciones de la margen argentina del Paraná “elaboró unilateralmente, sin la participación paraguaya, un cálculo que, según ellos, daba menor área inundada en nuestro país y mayor en el suyo con respecto a los valores que venían siendo utilizados, o sea 80% y 20%”, mencionaron.
Apuntaron que en el primer semestre de 2009 se realizaron trabajos de “Verificación de Cálculo de Territorios Inundados”, “pese a la interferencia y reticencia de algunos profesionales ‘paraguayos’ de la EBY”, quienes se negaron a proveer datos fundamentales para la exactitud, precisión y rapidez de los cálculos.
El 13,5% superior
Según los resultados de ese trabajo, el territorio inundado en la margen paraguaya del embalse era 13,5% mayor a los 815 km² que venían utilizando para adoptar el criterio 80/20 para la aplicación de la fórmula de compensación del Anexo “C”. Posteriormente, incluso hasta la fecha, no se realizó negociación alguna con Argentina para buscarle una salida a este conflictivo asunto hoy encajonado, explicaron.
En febrero 2011, las Altas Partes Contratantes optaron por elevar la altura del embalse hasta la “cota definitiva”, 83 msnm en el eje Encarnación-Posadas, agregaron.
Desde ese hito, sin embargo, subieron la cota del embalse en forma constante “para atender las exigencias” de la demanda del mercado argentino y atenuar su crisis energética con el pretexto, sin fundamento técnico valedero, de que las turbinas funcionan mejor con el embalse sobreelevado, en promedio hasta la Cota 83,50 msnm, a pesar de los riesgos para las obras de las presas, de las defensas costeras, de un mal funcionamiento de los sistemas de desagüe pluvial y cloacal ...”, añadieron.
“Si con la cota 83 del embalse el territorio inundado es mayor que el valor utilizado (815 km²), con mayor razón lo será a una cota todavía superior”, destacaron.
De cara a las actuales negociaciones, advierten que “la definición del territorio inundado y de la compensación para ambos países es imperativa” y que una vez que se obtengan los nuevos resultados” deberá recalcularse toda la deuda que tiene la EBY con nuestro país y con Argentina por este concepto”, concluyeron.
rcasco@abc.com.py
