–La inclusión de la compensación en razón del territorio inundado en el Tratado de Yacyretá, en comparación con el de Itaipú, es una innovación. ¿Qué pretendían los negociadores con esto que a primera vista encarece el costo del servicio de electricidad de la hidroeléctrica?
–La compensación por territorio inundado en un proyecto de una obra hidroeléctrica binacional construida en un curso de agua limítrofe es un resarcimiento por el uso del agua con su potencial hidráulico y por la afectación o inundación del territorio de ambas partes por el embalse creado por la implantación de la obra.
Esta compensación había sido establecida desde el inicio en el Tratado de Itaipú (firmado el 26.04.73 y ratificado el 13.08.73) con el nombre de “royalties”, cuyo monto está dado por una “fórmula sencilla”, que depende directamente de la energía generada y medida en la central.
– ...pero en el Tratado de Yacyretá, al menos en el original, no figuraba.
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–No se puede comprender el motivo por el cual esta compensación no fue prevista desde el inicio en el Tratado, más aún considerando que el tratado (firmado el 03.12.73 y ratificado el 27.03.74) es casi una copia del de Itaipú, con algunas adecuaciones. El documento original no establecía nada al respecto del territorio inundado y su compensación, contrariamente al de Itaipú.
La inclusión de estos conceptos en el Tratado de Yacyretá se realizó recién seis años después de su firma, a través de las Notas Reversales (NR) firmadas el 30.08.79 para resolver la crisis desatada en el proyecto en 1977 y 1978 (fue suspendido por más de un año y casi fue desechado) debido a que nuestro país consideraba lesivo a sus intereses y a su soberanía el extenso territorio inundado con la traza y la disposición de las obras del estudio de factibilidad. En una de las NR se establecía que “la inundación máxima del Paraguay no será mayor que 815 km2” y en otra se introducía en el Anexo “C” del Tratado un nuevo capítulo denominado “Compensación en razón del Territorio Inundado”.
–El director paraguayo de la EBY decía recientemente que nuestros socios se oponen a la conclusión que el embalse inunda territorio paraguayo en un 80% y argentino en un 20%. Según sabemos este cálculo se hizo antes de que el embalse alcanzara 83 metros sobre el nivel del mar.
–Los porcentajes de contribución de los territorios inundados por el embalse (80% para Paraguay y 20% para Argentina) surgen de los estudios y negociaciones realizados para la firma de las NR del 30.08.79, que mencioné antes, las Obras Civiles Principales se iniciaron recién en enero de 1984 y en 1989 el embalse comenzó a formarse parcialmente e inundar los territorios con el desvío y cierre del brazo principal y del brazo Aña Cua del río Paraná. También en esa oportunidad y para disminuir el territorio paraguayo inundado incluyeron en el proyecto, en la desembocadura al río Paraná de los arroyos Aguapey, Tacuary, San Martín y Caraguatá, presas de cierre para proteger la cuenca de esos arroyos de la entrada del agua del futuro embalse y evitar una mayor inundación de nuestro territorio. La crisis del proyecto en 1977 y 1978 llevó también a modificar casi totalmente el trazado del proyecto (eje de la presa principal) en el lado paraguayo. Con este escenario la inundación máxima en territorio paraguayo no sería mayor que 815 km2. Luego, a fines de 1988 e inicios de 1989 se establece una nueva configuración de las obras de protección de los valles de los arroyos de la margen derecha que mencioné antes, eliminando los diques de defensa en los arroyos Tacuary, Caraguatá y San Martín y permitiendo de esta manera que el embalse penetre e inunde las cuencas respectivas, que con la configuración anterior estaban protegidas, aumentando consecuentemente, otra vez, el área inundada en Paraguay.
A inicios de abril de 1989 la EBY pide, en forma urgente, al CIDY (Consultores Internacionales de Yacyretá, consorcio americano-alemán-paraguayo-argentino, que elaboró el proyecto y realizó la dirección y fiscalización de las obras) un nuevo estudio y recálculo de los territorios inundados, según esa nueva disposición de las obras de los arroyos. En contra de toda lógica y del sentido común, el análisis del CIDY, que consta en el Informe 1115/I-31.4.00, establece que el área a inundar a cota 83 es de 807 km2 en Paraguay (menor que la anterior) y de 200 km2 en Argentina.
Este Informe fue el que sustentó a la NR del 26.04.89 en la parte que “Ratifica que, según los últimos estudios realizados, la inundación máxima del territorio paraguayo no será mayor que 815 km2”, determinada a la cota 83 del embalse y del cual derivan los porcentajes 80/20 asumidos hasta ahora. Fue el último estudio oficial, realizado hace 27 años.
Lo que muy poca gente sabe, y la que sabe no lo dice, es que este recálculo fue realizado en CIDY exclusivamente por técnicos argentinos, sin la participación paraguaya (un grave error de nuestra parte en un tema tan importante para nuestro país). Además adolecía de dudas e imprecisiones, tales como, entre otros: no se utilizó el mismo criterio de cálculo de los cómputos realizados en 1979 (NR del 30.08.79). Se excluye del área inundado al llamado “Estero del Mediodía” de la isla Yacyretá, con criterios contradictorios y argumentos poco convincentes. No incluyeron el área inundada correspondiente a la cuenca del arroyo Aguapey a cota 78. Tampoco el área inundada del arroyo Quiteria en Encarnación. Se puede presumir que esto haya sido realizado “ex profeso” y que el recálculo haya sido manipulado para que el resultado no registre variación significativa con el anterior e inclusive sea menor.
Es conveniente recordar que desde que se estableció la compensación por territorio inundado existió la intención argentina de diferir, reducir y hasta eliminar la parte paraguaya, ya que el ingreso para ellos por este concepto es mínimo. La presión se hizo mayor desde hace 15 años aproximadamente, durante la dirección ejecutiva del Abg. Martínez Raimonda. En ese periodo la Comisión de Tasaciones de EBY/MI (Argentina) elaboró unilateralmente, sin la participación paraguaya, un cálculo que, según ellos, daba menor área inundada en el Paraguay y mayor en Argentina (con respecto a los valores que venían siendo utilizados 80/20).
Como nosotros, los de la margen derecha, no teníamos ni siquiera un cálculo estimativo para exponerlo y estar mejor posicionados en unas eventuales negociaciones y discusiones, a inicios del 2003 se propuso a través del Departamento Técnico/MD de la EBY elaborar un estudio y recálculo con la UNA y la UCA, para dar respaldo técnico, científico y académico al trabajo. El estudio iba a utilizar imágenes satelitales georreferenciadas, modelos numéricos del terreno, modelos hidráulico-hidrológicos del embalse, sistemas de información geográfica, con el adecuado soporte informático; no saldría caro y demoraría solo un mes aproximadamente. Lamentablemente, con el pretexto de la restricción presupuestaria en ese momento y la falta de voluntad política de las autoridades de turno, el estudio no se pudo realizar.
Otra prueba reciente de que el territorio paraguayo inundado podría ser mayor que el porcentaje que se maneja en los documentos actuales es el reclamo de los propietarios de inmuebles adyacentes a los arroyos Tacuary, Aguapey y Cambay de los distritos de San Cosme, Cnel. Bogado y Carmen del Paraná, que las superficies realmente afectadas en sus propiedades son mucho mayores que las consignadas en las carpetas técnicas, en razón de que sufren inundaciones constantes en una superficie mayor a la que se indica en las documentos técnicos de Yacyretá.
Existen muchos otros reclamos, ahora que el embalse está en su “cota definitiva”. En este contexto y por considerar el tema de fundamental importancia para los intereses nacionales en el proyecto, en setiembre de 2008 la asesoría del Consejo de Administración de la margen derecha recomendó con énfasis a los miembros del Consejo la realización en la margen derecha de trabajos de recálculo y verificación de las áreas de inundación en nuestro país y Argentina en las diferentes fases del llenado del embalse hasta la cota 83 msnm, de acuerdo al Tratado y “considerada en ese momento como definitiva”.
El trabajo de “verificación de cálculo de territorios inundados” fue realizado en los primeros meses del 2009 (a pesar de la interferencia y reticencia de algunos profesionales “paraguayos” de la EBY a proveer datos fundamentales para la exactitud, precisión y rapidez de los cálculos), cuyo resultado indicaba que con el embalse a cota 83 el territorio inundado en la margen paraguaya era aproximadamente 13,5% mayor a los 815 km2 que se utilizaba para adoptar el 80/20 de lo indicado por la fórmula de compensación establecida en el Anexo “C”. Finalmente, después de muchos años, la EBY/MD disponía de un informe con el cual podíamos sentarnos con mayor solvencia en una mesa negociadora con los argentinos, pero lamentablemente parece que no fue utilizado. En febrero de 2011 se alcanzó oficialmente la “cota definitiva” o “cota de diseño” del embalse 83 msnm en el eje Encarnación-Posadas, prevista en el Tratado, en los estudios técnicos realizados y en los documentos internos de EBY.
Sin embargo, desde esa fecha hasta hoy la cota del embalse fue aumentada en forma constante, a instancias de Argentina, para atender las exigencias de su demanda interna y atenuar su crisis energética (con el pretexto, sin fundamento técnico valedero, de que las turbinas funcionarían mejor con el embalse sobreelevado), en promedio hasta la cota 83,50 msnm y con picos superiores que alcanzaron la cota 84,10, a pesar de los riesgos físicos para las obras de las presas (Principal y Aguapey), de las defensas costeras y playas (Encarnación y Carmen del Paraná), de un mal e insalubre funcionamiento de los sistemas de desagüe pluvial y cloacas (Encarnación y Carmen del Paraná), de los problemas y reclamos en las expropiaciones y de los efectos sociales y ambientales que ello ocasiona, haciendo oídos sordos a las advertencias que hacen de técnicos paraguayos acerca de la sobreelevación del embalse.
La cota 84 msnm referida en una NR de 1992 y en la ley de expropiaciones es relativa a las relocalizaciones, que ya comprende un metro de cota de seguridad sobre el nivel máximo de operación del embalse (cota 83 msnm). Entonces, si con la cota 83 del embalse el territorio inundado en Paraguay es mayor que el valor utilizado (815 km2), con mayor razón lo será con una cota superior.
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