05 de Diciembre de 2011

Inversiones privadas aprobadas por Hacienda superan US$ 500 millones

Más de G. 54.000.000.

000 (unos US$ 12,74 millones) representa el total de inversiones del sector privado que fue aprobado por el Ministerio de Hacienda en el mes de noviembre con la aceptación de siete nuevos proyectos, preferentemente de producción. El acumulado de enero al penúltimo mes del año ronda los US$ 535 millones.La cartera fiscal informó que las principales áreas de inversiones privadas autorizadas bajo la modalidad de la Ley 60/90 de incentivo a las inversiones abarcan varios rubros, entre las cuales menciona una nueva actividad para fabricación de productos metálicos terminados (perfiles y chapas en general), por un total de G. 6.026.802.000. Además, se aprobó una inversión de complementación de los beneficios concedidos en la Resolución Nº 15/11 para producción de levaduras, por un total de G. 17.500.000.000; nueva actividad para cultivo, procesamiento y almacenamiento de granos (soja, trigo), con un monto de inversión de G. 9.400.000.000; ampliación de la actividad existente para construcción de barcazas y servicios de mantenimiento de los mismos; por G. 9.165.506.078, entre otros proyectos de inversión.

Hasta cinco años
   
Los planes de inversión que fueron aprobados por el Ministerio de Hacienda están orientados a ser ejecutados durante un período determinado, que en algunos casos incluso abarca hasta cinco años.   

La promoción de las inversiones y el otorgamiento de incentivos fiscales a las mismas apuntan a la utilización de materias primas y recursos energéticos nacionales,  creación de fuentes de trabajo,  incremento en la producción de bienes y servicios, sustitución de importaciones, incorporación de tecnología moderna e incremento de la eficiencia en la producción.   

Se recuerda a los inversionistas que quieran acogerse a los beneficios de la Ley 60/90 que para poder obtener el beneficio, las empresas deben iniciar sus trámites en la sede del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), presentando los requisitos formales, los cuales incluyen un proyecto de inversión que individualice la actividad a realizar, los representantes legales, montos de la inversión, cronograma y varios otros que hacen a la actividad a realizarse con esa inversión de capital.

La disposición normativa establece que el MIC será el organismo de verificación del uso y destino de los bienes de capital y de la ejecución de la inversión, y el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ejercerá el control de los aspectos tributarios.   

Los beneficiados deberán levar un registro detallado de los bienes incorporados.
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