Multarán a empresas que traben datos a BCP

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Las empresas del sector financiero, comercial o de otros ámbitos regulados o no por el BCP, podrían ser multados entre uno y hasta cinco salarios por negarse a brindar datos a la banca matriz. Así lo dispone el artículo 82 de la Ley 6104/2018, Carta Orgánica de la institución.

En caso de reincidencia, dicha multa ascenderá de seis hasta cincuenta salarios mínimos mensuales establecidos para actividades diversas. Cabe mencionar que la anterior Ley 489/96 en su artículo 80 ya hacía mención sobre el deber de informar, aunque no establecía sanciones.

El BCP elabora y publica las estadísticas en materias monetaria, financiera, de pagos exteriores, de precios internos, del producto e ingreso, pero a menudo tropieza con limitaciones para acceder a datos, ya que las empresas, principalmente las de mayor porte, no quieren facilitar datos.