En un revelador cuadro, el Ing. Axel Benítez Ayala sintetiza que en 30 años de producción (1985/2015) el mercado paraguayo aprovechó apenas 6,7% de la producción acumulada en ese periodo, o sea 154.225 GWh (1 Gwh = 1.000.000 kWh).
De la diferencia, 2.145.774 Gwh (93,3%), se aprovechó su socio por partes iguales en Itaipú, Brasil.
Benítez fue director de Energía del Viceministerio de Minas y Energía del MOPC e integrante de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH) de la Cancillería.
¿Y el Art. XIII?
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Si enfocamos nuestra atención sobre la cantidad generada, que según el Tratado de Itaipú, Art. XIII, forma parte del patrimonio nacional son 1.150.000 GWh, descubriremos que, aún en esta franja nuestro país aprovechó apenas 154.226 GWh, o sea el 13,4% de la tajada que por derecho le corresponde.
En otras palabras, de los 2.300.000 GWh que generó Itaipú en 30 años, según el Art. XIII del Tratado, nos corresponden 1.150.000 GWh, pero debido a varios factores, algunos explicables, la mayoría no, usamos 154.226 GWh y “cedimos” nada menos que 995.774 GWh o 995.774 millones de KWh.
La depreciación del justo precio
Cualquier observador, incluso un lego en la materia, pero conocedor de las normas que rigen el mundo comercial, preguntará con lógica curiosidad qué hicieron los gobiernos de turno del producto de la venta de ese cuantioso caudal de energía.
El Ing. Axel Benítez añade en su síntesis que entre octubre de 1984 y octubre del presente año, las transferencias y pagos al Estado paraguayo en todo concepto suman US$ 8.429.950.000.
Luego divide esta suma por la cantidad de energía paraguaya que las administraciones de Itaipú entregaron al mercado brasileño en el lapso de referencia y concluye que el precio promedio que recibió nuestro país por cada MWh (1 MWh = 1000 kWh) es US$ 8,5.
El Acta Final del 22 de junio de 1966 (de Foz de Yguazú), en su Art. IV, consagraba, además de la “división de la energía en partes iguales”, así como el “derecho de preferencia”, en rigor al Brasil, para la adquisición de la energía “a justo precio”.
El concepto o principio no puede tener otro significado que el vigente en el mercado, que es el real, pero nunca US$ 8,5/MWh, claro sobre el costo de Itaipú, que hoy ronda los US$ 44/MWh.
Si cotejamos este “precio” de nuestra energía, por ejemplo, con la tarifa residencial vigente en Brasil, de US$ 174/MWh, incluso con la del sector industrial, US$ 151/MWh y concluimos que la diferencia es enorme, pero si lo hacemos con los precios de exportación/importación en la región, entre US$ 200 y US$ 400/MWh, y la sensación de que roban se apodera de nosotros.
El Art. XIII, que define el propósito del Tratado, menciona adquisición, o compra; pero las “transacciones” de estos 30 años parecen un obsequio.
En el Art. XIV, sorprendentemente, los negociadores transformaron este criterio en “compensación”, para colmo de males como parte del costo de Itaipú, un error admitido y corregido en 1986. En el Anexo C (III.8) se le puso un valor, el que a pesar de la actualización de 2009, sigue por debajo de US$ 10/MWh.
¿Incluiremos en la agenda del 2023 puntos como el cínico desvío de la finalidad del Tratado o, como en Yacyretá, dejaremos transcurrir el tiempo, tal vez por otro medio siglo?