Si Argentina no ratifica notas reversales, la negociación empezaría de cero

Con Yacyretá en el ojo de la tormenta debido al escándalo de corrupción público-privada que estalló en Argentina en obras del sector Energía, es probable que las notas reversales aprobadas por el Legislativo paraguayo no sean ratificadas por el argentino, según sostienen especialistas. Incluso aprobadas, el presidente electo, Mario Abdo, tiene la opción de impulsar su derogación, añadieron.

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El Tratado de Yacyretá estableció la ratificación y el canje de los instrumentos de ratificación del Tratado para su entrada en vigor. La Nota Reversal 2/17 se apartó de este procedimiento, ajustado al artículo 141 de la Constitución, estableciendo la notificación del cumplimiento de sus respectivas normas internas. Es decir, reemplaza el canje con una notificación de que se han cumplido las normativas internas de Paraguay, según recordó ayer el abogado Theodore Stimson, especialista en derecho administrativo, que asesoró en el periodo parlamentario anterior a una comisión especial que se constituyó en el Congreso para analizar las notas reversales.

Stimson, al igual que el excanciller Miguel Abdón Saguier, duda de que en el contexto actual el Congreso argentino ratifique las notas reversales, de las cuales, por ejemplo, se deriva el proyecto Aña Cua.

Recordemos que el exdirector argentino de Yacyretá, uno de los primeros negociadores de estas notas, Óscar Thomas, se encuentra prófugo porque fue uno de los principales recaudadores de la “corona” en un esquema de corrupción público-privada publicado por La Nación de Argentina.

Saguier dijo que no hace falta negociar unas nuevas notas, sino cumplir el tratado para terminar con el desorden financiero de Yacyretá.

Por su parte, Stimson señaló finalmente que el presidente electo Mario Abdo puede optar por no notificar el cumplimiento de las normas internas a la Argentina, pedir dictamen a la Procuraduría General de la República e impulsar la derogación de la NR 2/17 ante las graves infracciones al ordenamiento paraguayo, y los datos que va aportando la investigación abierta en Argentina.

El Anexo C modificado carga sobre la EBY una deuda sin respaldo documentario con el Tesoro argentino; aplaza, para financiar la nueva central del Aña Cua hasta la década comprendida entre el 2023 y el 2033 el pago de la compensación por territorio inundado. En cuanto a la N.R. Nº 2/14, sustituye el principio de la alternancia en la Dirección Ejecutiva de la EBY por un mecanismo pretendidamente paritario, que en rigor deja en manos argentinas más del 90% del negocio de Yacyretá.

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