Tributación baja a 70% la retención del IVA

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El Poder Ejecutivo, a partir de una recomendación dada por la Subsecretaría de Estado de Tributación del Ministerio de Hacienda, decidió reducir el porcentaje de la retención del impuesto al valor agregado (IVA) que aplican los exportadores a sus proveedores locales, de acuerdo al Decreto N° 6181 que se dio ayer a conocer.

El informe de la cartera fiscal señala que la administración tributaria busca de esta manera mecanismos que ayuden a cooperar con los sectores de la producción, exportación, comercio y fletes en el pago de sus impuestos en tiempo y forma.

“La presente norma, que modifica el artículo 38 del Decreto N° 1030/2013, establece que los contribuyentes exportadores que han solicitado el recupero del crédito fiscal vía devolución de impuestos deberán retener a partir del 1 de noviembre del corriente año, solamente el 70% del IVA incluido en los comprobantes de ventas, en todas las ocasiones en que adquieran bienes o servicios de proveedores radicados en el país”, añade el informe. Hasta fines de octubre estaban obligados a retener el 100% del citado impuesto.

Asimismo, cuando la tasa del IVA sea inferior a la tasa general del 10%, la retención a cuenta será del 30% del impuesto incluido en el comprobante de venta.

La disposición añade que aquellos exportadores que presenten una primera solicitud de devolución del IVA, deberán actuar como agentes de retención a partir del mes siguiente de presentada la misma.

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