La contaminación del arroyo Cañada del Carmen, lejos de ser un hecho aislado, tal como calificó días atrás el director de Gestión Ambiental de la Comuna de Mariano Roque Alonso, Javier Giménez, es un problema que atañe exclusivamente a la institución, administrada por Carolina Aranda (PLRA). Según la Ley 3966/2010, “Orgánica Municipal”, las municipalidades tienen varias funciones en el ámbito de sus respectivos territorios.
El artículo 12 menciona las múltiples facultades y su intervención en muchos casos está por encima de otras dependencias del Estado.
Entre una de las tareas más relevantes de las comunas se encuentra en lo que respecta a los cuidados del ambiente. De acuerdo a la legislación, como primer punto señala que tiene como función la preservación, conservación, recomposición y mejoramiento de los recursos naturales significativos.
Seguidamente señala que a su cargo están la regulación y fiscalización de estándares y patrones que garanticen la calidad ambiental del municipio.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Asimismo, faculta la fiscalización del cumplimiento de las normas ambientales nacionales, previo convenio con las autoridades nacionales competentes.
Por último, dice que puede establecer un régimen local de servidumbre y de delimitación de las riberas de los ríos, lagos y arroyos.
Es decir, la Comuna puede intervenir e incluso iniciar las acciones permitentes para proteger el arroyo Cañada del Carmen.
En la actualidad este recurso hídrico está siendo contaminado en forma criminal y sin piedad por parte de empresas instaladas en su orilla.
Según las innumerables denuncias vecinales, los principales responsables serían la matadería “El Siñuelo”, propiedad de Ana Nidia de Moreno, y el Frigorífico Concepción, de Jair Antonio de Lima. Ambos emprendimientos se encuentran en la ribera del arroyo, incluso uno de ellos canalizó el lecho de agua e instaló encima una supuesta planta de tratamiento.
Falta ordenamiento
El director de Gestión Ambiental, Javier Giménez, dijo que la falta de un ordenamiento territorial permite la instalación de estos emprendimientos. Sin embargo, la ley orgánica es clara.
