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El Tribunal Constitucional refrendó en agosto la despenalización de la interrupción del embarazo en caso de inviabilidad fetal, riesgo de muerte de la mujer y por embarazos producto de una violación.
Bachelet destacó que la ley no obliga a ninguna mujer a someterse a un aborto, y recalcó que las tres circunstancias en las que se permitirá ese procedimiento son “humanamente difíciles”.
En caso de que el personal médico o un establecimiento se acoja a la objeción de conciencia para no realizar un aborto, la ley establece que la paciente deberá ser atendida por otro médico o trasladada a otro recinto.
El proyecto de ley se discutió por más de dos años en el Congreso chileno.