Alega “nuevos desafíos” y exige la totalidad

“Es importante remarcar que las tasas judiciales constituyen el principal ingreso tributario del Poder Judicial, y su percepción por parte de este y pago por parte del contribuyente, sea profesional abogado u otro, es una condición para una actuación ante los Juzgados, Tribunales, Dirección General de Registros Públicos y demás dependencias”, alega la Corte.

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Enfatiza que “se requiere que el Poder Judicial recupere la administración de esos recursos debido a que en un Estado social y democrático de Derecho que propugne como valores superiores de su ordenamiento jurídico la justicia y la igualdad, el pago de ese tributo debe servir para lo que se ha creado”.

“Hoy el Poder Judicial tiene nuevos desafíos, en un mundo en constante cambio, y es por ello que se requiere la actualización de la utilidad y el destino de los montos pagados en concepto de tasas judiciales”, resalta.

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