Este caso se remonta a agosto de 2011, cuando el bebé Pablo Ibarra falleció horas después de haber nacido en un parto en el que su madre Amelia Rodríguez fue asistida por los doctores del Instituto de Previsión Social (IPS) Blas Centurión y Antonia Acosta, quienes fueron acusados por homicidio culposo.
El tribunal integrado por los jueces Héctor Capurro, Juan Carlos Zárate y Cynthia Lovera (voto en disidencia) absolvió a los médicos en noviembre del año pasado y la sentencia fue apelada por la querella y la fiscalía alegando que se valoraron pruebas de origen espúreo, ingresadas al proceso por la ventana, dudosas e interesadas declaraciones de testigos médicos y pericias realizadas en violación de la ley y la propia Constitución Nacional.
Ahora la Cámara confirma que efectivamente hay vicios de nulidad y que uno de los principales puntos es la introducción de un informe de una junta médica a través de un incidente.
Los camaristas anularon el fallo y devolvieron el expediente para que se haga un nuevo juicio.
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