Argentina estudia restricciones a procesados para proteger a víctimas

Este artículo tiene 9 años de antigüedad
/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2422

En Argentina, un proyecto de ley para proteger mejor a víctimas de delitos, que garantiza la participación de estas en los juicios y evita que delincuentes con graves antecedentes sean excarcelados fácilmente, tuvo media sanción en la Cámara de Diputados la semana pasada. El hecho instaló el tema en el vecino país. La desigualdad entre los derechos de la víctima y del delincuente y el elevado índice de delitos cometidos por motochorros son las principales motivaciones del proyecto.

La estricta prohibición de liberar a todo aquel imputado por un delito cometido a mano armada, es una de las principales innovaciones de la propuesta legislativa.

Tampoco saldrán aquellos que cuenten con antecedentes y que tengan estudios psicológicos negativos, de acuerdo al proyecto de ley presentado por el diputado argentino Sergio Massa.

“La víctima es hasta ahora un perdedor por partida doble: con el delincuente y luego con el Estado, porque no la reconoce como parte en los procesos. Debemos terminar con la locura de que el delincuente tiene más derechos que la víctima”, argumentó Massa.

“Convidado de piedra”

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

En nuestro país, a criterio del abogado Alfredo Montanaro, la víctima es un convidado de piedra en el proceso penal, al que solo se le llama cuando el imputado ofrece reparar el daño, porque para que esta salida sea válida se necesita el consentimiento de la víctima.

El profesional explicó que nuestra legislación no le da derecho directo a la víctima a intervenir como tal en los procesos, sino le da una intervención al solo efecto de saber de la marcha del proceso, porque como denunciante no se asume responsabilidad.

La víctima puede intervenir como querellante, pero como desde hace algunos años en nuestro país la querella es adhesiva, el papel es secundario o de simple acompañamiento de la labor fiscal. En caso de que no coincidan respecto a la prosecución del proceso, prevalece la postura de la Fiscalía.

El problema de que la representación del afectado quede exclusivamente en manos del Ministerio Público es que muchas veces los fiscales no impulsan los procesos como deberían, y ejemplos de este tipo sobran.

“La política del Ministerio Público está fallando en eso. Cuando se trata de delitos económicos son implacables, pero no son así cuando se trata de delitos contra la integridad física.

“La Fiscalía le da mucha más importancia a los delitos económicos, hasta los delitos contra niños tienen penas mínimas. Cuando quieren perseguir a alguien del ámbito económico no perdonan a nadie, pero en este tipo de casos no hacen diligencias, no hacen nada y seguimos viendo a delincuentes con 20, 30 antecedentes en libertad”, indicó.

Restricción necesaria

Para Montanaro, es necesario restringir la libertad de personas imputadas por ilícitos que atentan contra la integridad física de la persona y no solamente con arma de fuego, sino también los que lo hacen con arma blanca u objeto contundente, inclusive.

“Yo estoy de acuerdo en eso: en que todos aquellos ilícitos que son realizados contra la integridad de la persona en forma violenta, incluso amenazando con arma blanca y tenga por fin sustraer un bien material, a la cárcel directo”, acotó el jurista.

PRINCIPALES CAMBIOS:

Las principales innovaciones propuestas por el proyecto en estudio en la Argentina son las siguientes:

*Crear una oficina especial para atención a víctimas.

*La víctima formará parte en el proceso penal y podrá ser representada por un abogado.

*La víctima podrá apelar la excarcelación.

*La libertad del procesado se decidirá previo estudio de sus antecedentes legales y clínicos.

*No se concederá libertad ni medida de ningún tipo si el delito fue cometido a mano armada.

*Amenazar con arma de fuego o disparar desde una motocicleta es considerado agravante.