Los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, por unanimidad, ratificaron el fallo de primera instancia dictado por el tribunal de sentencia integrado con los jueces Olga Ruiz, Arnaldo Fleitas y Fabián Weisensee, el 15 de julio de 2016.
Los camaristas sostienen que el tribunal de sentencia ha valorado correctamente las pruebas y ha calificado acertadamente la conducta del acusado, de acuerdo a la normativa penal vigente como “perturbación de la paz pública” y la infracción a la “Ley N° 1866 por la no violencia en los estadios deportivos y contra la convivencia de las personas”.
El fiscal Aldo Cantero había probado en juicio oral que Báez trepó un vallado que divide a los hinchas del Club Nacional con otros clubes, para llegar hasta el hincha identificado como Rodney Aranda, a quien agredió físicamente.
El vídeo exhibido en el juicio oral fue la prueba irrefutable de la violencia ejercida por Báez, quien es declarado hincha del Club Cerro Porteño.
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El fiscal había solicitado la imposición de 4 años de prisión para Báez, quien tiene otros procesos por hechos similares.
