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Condenados por plagio y traficantes piden libertad con base en nueva ley

Este artículo tiene 14 años de antigüedad
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Basiliano Cardozo y Aristides Vera, condenados a 35 años de prisión por el secuestro y crimen de Cecilia Cubas, solicitaron ayer la extinción de su proceso y su libertad. La petición se formalizó con base en la Ley N° 4665.

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“El juicio ya se inició a los 3 años, 2 meses y 10 días de que ellos volvieron al Paraguay y cesó su estado de rebeldía”, acotó Orrego.

En julio pasado, el tribunal de sentencia integrado por Letizia de Gásperi, Liza Battilana y Óscar Rodríguez Masi condenó a Cardozo y Vera a 25 años de prisión y 10 años de reclusión como medida de seguridad, tras declararlos coautores de secuestro, homicidio y asociación criminal. Idéntica pena les correspondió a los coacusados Agustín Acosta, Simeón Bordón, Gustavo Lezcano, Roque Rodríguez y Carlos Espínola.

El juicio fue dividido en dos etapas. En la primera, el tribunal se expidió sobre la reprochabilidad de los acusados, el 4 de julio pasado. En la segunda el tribunal se pronunció sobre la pena. Esta decisión fue informada en forma verbal el 11 de julio pasado y la sentencia correspondiente, dictada el 18 de julio pasado.

Espínola se dio por detenido en diciembre del 2009, mientras los demás fueron detenidos en la Argentina el 2 de mayo de 2006 y extraditados a nuestro país en diciembre de 2008 y derivados al penal de Tacumbú, donde siguen hasta hoy.

“No les abarca la ley a ellos. No corresponde porque es una ley que salió después de finalizarse el juicio en primera instancia. No obstante vamos a presentar una acción de inconstitucionalidad”, afirmó el abogado Enrique Bacchetta, representante legal de la madre de la víctima, Mirta Gunsinky.

Secuestro y crimen

La hija del expresidente de la República Raúl Cubas Grau fue secuestrada el 21 de setiembre de 2004 y su cuerpo sin vida, hallado el 16 de febrero de 2005 en una vivienda de Ñemby, donde fue enterrada viva.

La Ley N° 4669 y su efecto

La referida ley, que modifica los artículos 136 y 137 del Código Procesal Penal y reduce la duración del proceso penal, de cuatro a tres años, fue promulgada en forma sorpresiva el 20 de julio pasado, pues ninguna autoridad del ámbito judicial participó del estudio de la misma. El nuevo texto legal establece, además, una indemnización para el imputado, por parte del funcionario que resulte responsable de la extinción de su causa.
Jueces y fiscales alertaron sobre la masiva extinción de causas como consecuencia de su aplicación y en la actualidad, la fiscalía articula los recursos necesarios para evitar la impunidad en numerosos casos de corrupción y crímenes varios.

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