Condenan a exjuez que buscó evitar la extradición de Pavão

El exjuez de Santaní Crescencio Ocampos fue condenado ayer por prevaricato a dos años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena. El exmagistrado otorgó a fines del año pasado un habeas corpus genérico para intentar frenar la extradición al Brasil del narcotraficante Jarvis Chimenes Pavão. El fallo deja un importante precedente.

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Ocampos, a cuyo cargo estaba el juzgado de garantías de la ciudad de Santaní (San Pedro), se presentó ante el juez penal de garantías de Santa Rosa del Aguaray, Rodrigo Valdez, para la audiencia preliminar y en la ocasión, su abogado Julio Palma planteó el procedimiento abreviado para su cliente.

A este pedido se allanó el fiscal Luis Piñánez, con lo que el juzgado condenó a dos años de cárcel a Ocampos, con suspensión a prueba de la ejecución de la pena.

El pasado 1 de junio, el fiscal anticorrupción Luis Piñánez había formulado acusación en contra de Crescencio Ocampos, quien en diciembre del año pasado había hecho lugar a un habeas corpus genérico a favor de Jarvis, para evitar su extradición al Brasil donde debe afrontar juicios por narcotráfico.

El entonces juez Ocampos firmó la medida el 22 de diciembre, pero recién el 26 se dio a conocer la resolución por los abogados del narcotraficante, cuando ya estaba todo listo para enviar a Pavão al Brasil, el 28 de ese mes.

Tras el escándalo que generó la acción de Ocampos, la Cámara de Apelaciones de San Pedro anuló el fallo y luego la Corte dispuso la intervención del juzgado de Santaní y la suspensión del magistrado, quien había solicitado vacaciones tras firmar el habeas corpus.

Sin embargo, tras darse todos estos hechos, el mismo Crescencio presentó su renuncia al cargo de juez, para evitar sanciones.

Pero el fiscal Piñánez lo imputó por prevaricato. El artículo 305 que alude a este delito refiere: “El juez, árbitro u otro funcionario que, teniendo a su cargo la dirección o decisión de algún asunto jurídico, resolviera violando el derecho para favorecer o perjudicar a una de las partes, será castigado con pena privativa de libertad de dos a cinco años”. Para el fiscal, el fallo deja importante precedente para casos en que jueces dicten sentencia apartadas de la ley.

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