La recusación fue promovida por los abogados Osvaldo Granada y Rocío Vallejo contra el fiscal González, en representación de los imputados, contra la resolución N° 2 de la Fiscalía General del Estado del 11 de enero de 2016, que confirmó a González.
Este rechazo de la recusación fue impugnado por Granada y Vallejo ante la Sala Penal de la Corte. Por Auto Interlocutorio N° 452 del 9 de marzo de 2016, los ministros Alicia Pucheta, Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera rechazaron la impugnación y nuevamente confirmaron al fiscal González para seguir en el caso.
Granada y Vallejo alegaron en su impugnación que existe “enemistad declarada hacia la abogada Vallejo por parte del agente fiscal González, en la que resalta su falta de objetividad”.
La Sala Penal sostiene que no se puede separar al agente fiscal de la causa, ya que de lo contrario se desvirtuaría el carácter autónomo del Ministerio Público de rango constitucional (Art. 266) y se contravendría el sistema acusatorio, que demanda la bilateralidad de las actuaciones, no siendo posible dentro de este sistema que cualquiera de ellas tenga la potestad de elegir con quién dirimir el conflicto”.
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En junio de 2015, la Sala Penal de la Corte ya había ratificado la actuación del fiscal González, ante un pedido similar de apartamiento del agente del Ministerio Público.
En concepto de IVA sobre intereses por préstamos, en cinco años surge una evasión de G. 3.000 millones. Por renta, G. 6.120 millones, y por tasa judicial, G. 20.000 millones. La suma total da G. 29.180 millones de la posible evasión impositiva.
Los imputados
Están procesados Andreas Neufeld Toews, Elmer Ginter Sawatzky, Franz Reimer Doerksen, Gustav Sawatzky, Alvin Dueck Penner, Theodor Dueck Penner, Anton Froese, Peter Kehler Thiessen, Levi Krahn Giesbrecht, entre otros.
