Los camaristas Cristóbal Sánchez, José Waldir Servín y Agustín Lovera Cañete sostienen que la sentencia condenatoria se encuentra debidamente fundada, se ha respetado el sistema de la sana crítica racional de los jueces y que el tribunal ha llegado al descubrimiento de la verdad, fin inmediato del proceso penal, entre otros fundamentos.
El tribunal de sentencia integrado por las juezas Nilda Giménez Bogarín, Alba González y Gloria Hermosa de Correa condenó el 7 de julio de 2017 por cohecho pasivo (coima) al excomisario Villalba Lugo, por cobros por guardias privadas a locales comerciales de Limpio, entre el 14 de junio de 2011 y el 3 de enero de 2012.
En ese entonces, Villalba era comisario principal de la Policía Nacional y se desempeñaba como jefe de la Comisaria 9ª Central de Limpio. Según la acusación que fue sustentada por el fiscal anticorrupción Luis Piñánez, el condenado solicitó y aceptó sumas de dinero y vales de combustible de los locales comerciales establecidos en la zona, a cambio de designar personal policial en dichos locales para realizar vigilancia.
El tribunal de sentencia argumentó que quedó plenamente acreditado que los montos recibidos en dinero en efectivo iban de G. 1 millón a G. 1.200.000, plenamente corroborado por los recibos ingresados en el juicio oral que fueron expedidos por el Supermercado LT, Cooperativa Ñanemba’e, Supermercado La Nona, las estaciones de servicio Petrobras (Zusa SACI), Barcos y Rodados, en los cuales se consignaba el monto y el concepto. El destino de dichos montos eran destinados para la Comisaría 9ª Central.
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