Corte anula fallo que redujo pena por asesinato de hincha

La Corte Suprema de Justicia anuló un fallo de la Cámara de Apelación que redujo la condena de 10 años de cárcel por el crimen del hincha cerrista Christian Daniel Olavarrieta Fernández, de 25 años, ultimado de un tiro cuando festejaba la victoria de su club en un bar de Fernando de la Mora, en el 2009. Ahora, un nuevo Tribunal de Sentencia realizará la medición de la pena.

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El crimen ocurrió a las 04:20 del 5 de noviembre del 2009 en un bar ubicado en 11 de Setiembre casi Humaitá, de Fernando de la Mora. Allí Christian Olavarrieta festejaba el triunfo de Cerro Porteño con algunos amigos.

El festejo fue interrumpido a tiros efectuados desde un grupo de cinco personas que pasaba por el lugar. La investigación determinó que el disparo fatal fue realizado por Giuliano Shakib Filártiga Giubi, barrabrava del club Olimpia.

En un juicio oral a cargo de un Tribunal de Sentencia de Central –en el que la Fiscalía solicitó 14 años de cárcel– el acusado fue condenado a 10 años de reclusión.

Posteriormente, la Cámara de Apelación de Central redujo la condena a 8 años de cárcel, fallo atacado por la defensora pública Clara Fernández, quien solicitó 5 años de prisión.

El ministro preopinante Luis María Benítez Riera votó por la confirmación de la sentencia de 10 años establecida en primera instancia, previa nulidad del fallo de alzada. Sobre el punto, explicó que el Tribunal de Apelación puede disminuir el monto de la pena, siempre y cuando esta sea mayor a lo solicitado por el Ministerio Público, lo cual no se da en el caso, pues la Fiscalía requirió 14 años de pena privativa de libertad.

Cámara se extralimitó

A su vez, la ministra Alicia Pucheta –a cuyo voto se adhirió la tercera integrante de la sala penal, Miryam Peña– votó por la nulidad parcial de la sentencia y el reenvío del caso a un nuevo Tribunal de Sentencia, para la medición de la pena.

“El Tribunal de Apelaciones se ha sobrepasado en su competencia, pues se ha arrogado funciones del Tribunal de Sentencia. Por estas razones, corresponde hacer lugar –parcialmente– al recuso de casación anulando la resolución de Alzada en lo referente a la medición de la pena”, argumentó Alicia Pucheta.

La citada ministra destacó además, que el fallo de primera instancia denota dos errores al momento de la valoración de la punibilidad del acusado, motivo por el cual corresponde realizar una nueva medición de la sanción, tarea que quedará a cargo de otro colegiado.

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