Corte ordena investigar a juez por beneficiar a condenado por fraude

El Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema ordenó auditar las actuaciones del juez Fabián Weisensee en un expediente en el cual benefició con el arresto domiciliario a un condenado que fue sentenciado a seis años de cárcel por un fraude de cinco millones de dólares.

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Según una resolución del Consejo de Superintendencia conocida el viernes último, el juez de sentencia Fabián Weisensee debe ser investigado porque benefició con arresto domiciliario a un condenado.

El beneficiado fue Alfredo Rafael Fretes Gill, exdirectivo de la firma Paraguay Express, recluido en la cárcel de Tacumbú tras ser sentenciado a 6 años de prisión por estafa de unos US$ 5 millones.

Para enviar al condenado a su casa particular, el juez Fabián Weisensee justificó su decisión en dictámenes de los forenses Nicolás Lezcano y del psiquiatra Carlos Stevens Sachero, quienes recomendaron que Fretes Gill “reciba atención médica en un ambiente adecuado, fuera de su lugar de reclusión”.

Los galenos agregaron que el 19 de diciembre último el condenado “tuvo una intervención de la parótida y como consecuencia de ello sufrió un estrés postraumático”. La Corte dijo que la auditoría debe abarcar esos dictámenes.

El fiscal Miguel Vera cuestionó el arresto domiciliario dictado por el juez e indicó que según otros profesionales médicos, el condenado bien puede recibir tratamiento en la cárcel.

El citado representante del Ministerio Público dijo que comenzó a trabajar en la apelación del decreto pro arresto domiciliario y que buscará la nueva reclusión del condenado.

De acuerdo a los antecedentes de la sentencia, Fretes Gill era miembro y accionista del directorio de la empresa Paraguay Express y que como tal recibía y recolectaba capital de “inversionistas” a cambio de documentos en los cuales constaban los intereses que ganarían por las transacciones.

Paraguay Express causó un perjuicio de unos US$ 5 millones a firmas comerciales y a particulares a través de la compra y venta de divisas y otras operaciones cambiarias que no están permitidas por las leyes vigentes, según los antecedentes.

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