Corte rechaza acción contra fallo de Cajubi

La Corte Suprema de Justicia rechazó in limine la acción de inconstitucionalidad promovida por la exconsejera de la Cajubi Pabla Mieres de Scavenius contra la sentencia que la condenó a 8 años de cárcel, junto a otros once exdirectivos de la entidad, por su participación en la denominada “estafa del siglo”, como quedó conocido el desfalco de US$ 48 millones de la Caja de Jubilaciones de Itaipú. La condena ya se encontraba firme, pero la exconsejera igual recurrió a la Sala Constitucional como otro intento más para quedar impune.

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Los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro y Miguel Oscar Bajac argumentaron que no pueden dar trámite a la acción pues las decisiones asumidas por otras salas como instancias últimas en los procesos ordinarios son irrecurribles mediante la acción de inconstitucionalidad.

“La jurisprudencia de esta magistratura ha venido sosteniendo que ‘no existen jerarquías de salas’ en esta Corte Suprema de Justicia, porque así lo dispone la Ley 609/95, aun cuando sea la Sala Constitucional la que determine el alcance de los preceptos constitucionales aplicados por los jueces en las sentencias. De esta manera, se ha establecido que ante la opción de promover una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional o un recurso ante las otras salas de esta misma Corte Suprema debe elegirse una de estas vías para evitar, de esa manera, llegar a sentencias contradictorias sobre un mismo agravio”, concluye la máxima instancia judicial.

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