El conflicto que motivó la decisión del jefe comunal de recurrir a la máxima instancia judicial tiene como antecedente un contrato de arrendamiento y explotación de la cantera del referido cerro, entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y la empresa Concret-Mix.
En su acción, el jefe comunal alegó que la referida cantera de piedras y toda la propiedad de unas 50 hectáreas es de la municipalidad y que existen documentos que avalan, pero que no pueden tomar posesión, a raíz de una serie de acciones judiciales iniciadas por la empresa Concret Mix.
“Este tipo de consultas no puede formularse con un fin meramente especulativo y resulta absolutamente necesario señalar la norma constitucional que se quiere determinar en su alcance y aplicación”, señalan los ministros Antonio Fretes y Miryam Peña. Los ministros citados, con el Dr. José Raúl Torres Kirmser, votaron en febrero pasado a favor de la cuestionada certeza constitucional solicitada por el ministro de Hacienda, Santiago Peña, para endeudar aún más al país a través de una nueva emisión de bonos soberanos sin autorización del Congreso.
Pero esta vez, Fretes y Peña alegaron que no se han agotado las instancias jurisdiccionales. A su vez, la ministra Bareiro fue contundente al sostener que la competencia de la sala está limitada a conocer y resolver la inconstitucionalidad de actos normativos y resoluciones judiciales contrarios a la Carta Magna.
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“Estando taxativamente establecidas por la Constitución las facultades de esta sala y no encontrándose comprendida entre ellas las de evacuar consultas de interpretación, la llamada ‘acción de certeza’ resulta inexistente”, concluye Bareiro.
